STSJ País Vasco , 4 de Diciembre de 2000

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2000:5907
Número de Recurso4063/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4063/97 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1214/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:

DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA DON JOSÉ FELIX MARTÍN CORREDERA En la Villa de BILBAO, a cuatro de Diciembre de dos mil. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 4063/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 5 de junio de 1.997 por la que dispuso requerir a la recurrente para que en el plazo de un mes efectúe el pago de la cantidad de 365.015 ptas. en concepto de liquidación correspondiente a la primera fase de la ejecución del Sector Industrial SI-1 Zabalondo bajo apercibimiento de proceder en su defecto a la exacción por la vía de apremio conforme a lo dispuesto en el art. 189.2 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Angelina , representada por el Procurador GERMAN APALATEGUI CARASA y dirigida por el Letrado AGUSTIN DE MADARIAGA.

Como demandada AYUNTAMIENTO DE MUNGIA, representado por el Procurador GERMAN ORS SIMON y dirigido por el Letrado M. OSCAR GOITISOLO GARCÍA.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁNGEL RUIZ RUIZ.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 8 de Agosto de 1997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. German Apalategui Carasa actuando en nombre y representación de Angelina , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 5 de junio de

1.997 por la que dispuso requerir a la recurrente para que en el plazo de un mes efectúe el pago de la cantidad de 365.015 ptas. en concepto de liquidación correspondiente a la primera fase de la ejecución del Sector Industrial SI-1 Zabalondo bajo apercibimiento de proceder en su defecto a la exacción por la vía de apremio conforme a lo dispuesto en el art. 189.2 del Reglamento de Gestión Urbanística; quedando registrado dicho recurso con el número 4063/97.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 365.015.-ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no ser conforme a derecho y por lo tanto anulando y dejando sin efecto el apartado dispositivo tercero de la Resolución de la Alcaldía de Mungia impugnando en este recurso, por medio del cual se requiere al recurrente de pago a cuenta de los costas de urbanización, de la cantidad de 365.015 pesetas con apercibimiento de apremio administrativo en caso de impago. Se pire también la condena en costas a la parte demandada.

TERCERO

En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, declarándose conforme a derecho el Decreto de Alcaldía impugnado, con expresa imposición de las costas a la parte actora.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba por no haberlo solicitado las partes ni estimarlo oportuno el Tribunal.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 24/11/00 se señaló el pasado día 30/11/00 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña Angelina recurre Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Mungia de 5 de junio de 1.997 por la que, en lo que interesa, dispuso requerirla para que en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación, efectúe el pago de la cantidad de 365.015 ptas. en concepto de liquidación correspondiente a la primera fase de la ejecución del Sector Industrial SI-1 Zabalondo bajo apercibimiento de proceder en su defecto a la exacción por la vía de apremio conforme a lo dispuesto en el art. 189.2 del Reglamento de Gestión Urbanística; ese es el aspecto recurrido de la resolución, en concreto su pronunciamiento 3º, dado que tanto el primero, por el que se dispuso anular y dejar sin efecto la resolución del Concejal Delegado del Área de Urbanismo de 8 de marzo de 1.997 por haber sido dictada por órgano incompetente, como el segundo, en cuanto acordó la iniciación de la primera fase de urbanización del Sector industrial SI-1 Zabalondo con un presupuesto estimado de 16.733.028 ptas. comprensivo de los gastos realizados con motivo de la aprobación del proyecto de reparcelación, por importe de 4.733.061 ptas., así como los gastos previstos efectuar en los próximos seis meses, a cuenta de la contratación de la redacción del proyecto de urbanización y realización del levantamiento topográfico, con un tipo de licitación de 12.000.000 ptas. y 100.000 ptas. respectivamente, no son objeto de impuganción, aunque sí antecedentes del aspecto recurrido; por fin, el dispostivo 4º y último de la resolución recurrida, acordaba dar cuenta de la misma al Departamento de Intervención para su conocimiento.

Como cabecera del planteamiento impugnatorio de la recurrente hemos de decir que el Proyecto de Reparcelación del Sector Industrial...

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