STSJ País Vasco , 25 de Enero de 2000

PonenteFERNANDO TORREMOCHA GARCIA-SAENZ
ECLIES:TSJPV:2000:404
Número de Recurso2373/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2373/99 N.I.G. 00.01.4-99/001107 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 25 de Enero de 2.000.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, DON FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y DON FERNANDO TORREMOCHA Y GARCIA SAENZ, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº3 (Donostia) de fecha uno de Julio de mil novecientos noventa y nueve, dictada en proceso sobre ECO. ACCIDENTE NO LABORAL, y entablado por Cosme frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y BORDABERRI S.A.L. .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. FERNANDO TORREMOCHA Y GARCIA SAENZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1.- DON Cosme , mayor de edad, nacido el 14.2.42, afiliado al régimen general de la Seguridad Social con el NUM000 , vino prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa BORDABERRI, S.L. desde el 15.5.85, con la categoría profesional de Oficial 1ª calderero. Su base reguladora a efectos de la prestación deducida es de 153.541 para el caso de ser derivada de enfermedad común, y de 167.161, para el supuesto de accidente no laboral.

  1. - El actor permaneció en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes, desde el 9.4.98, hsta que fue dado a de alta por propuesta de invalidez el 19.10.98,. Debido a las lesiones que padece derivadas de enfermedad común, fue instado expediente de invalidez que fue referenciado con el número NUM001 . En fecha 7 de Diciembre de 1.998 la Unidad de Valoración Médica de Incapaciddades emitió dictamen y, tras realizarse por la Comisión de Evaluación de incapacidades la propuesta correspondiente, dictó Resolución la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de feha 21 de Enero de 1.999, por la que se estima reconocer al actor afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual derivada de enfermedad común; y ello tomando en consideración el siguiente cuadro residual:

    "Cardiopatía valvular, doble lesión mitral ligera moderada insuf. aórtica ligera. Moderada dilatac.

    Auricul iz, ligera dilatación VI con función sistólica conservada. Ergometría: clínicamente (I), electricamente anormal al 84% de la FC- Teórica máxima. Equivalente a gasto de 7 mets. Episodio de insuf. cardiaca congestiva tipo edema agudo de pulmón, taquiarritmia por FA revertida Abril-98. Trastorno de adaptación, ansiedad, estado de ánimo depremido. C.Cervical dolorosa, limitac. todos arcos de Mov. Marcha libre".

  2. - Disconforme con la anterior resolución, el actor interpuso reclamación previa el 2 de marzo de 1.999, interesando se le reconociera afecto de incapacidad permanente absoluta por la contingencia de accidente no laboral. Fue desestimada por Resolución de 12 de marzo de 1.999 "por no haberse modificado las circusntancias que dieron origen a la Resolución anterior, ratificando que las residuales que en mayor grado determinan su incapacidad permanente total derivan de la contingencia de Enfermedad Común (cardiopatía)".

  3. - El estado físico del actor es:

    - Valvulopatía mitral reumática doble (estenosis e insuficiencia). Valvulopatía esclerosa aórtica (insuficiencia). Hipertensión pulmonar y dilatación de ventrículo izquierdo. Episodio de insuficiencia cardiaca tipo edema agudo de pulmón en Abril 98- paciente en situación funcional actual II-III/IV (limitaciónn a...

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