STSJ Murcia 33/2010, 25 de Enero de 2010
Ponente | JOSE LUIS ALONSO SAURA |
ECLI | ES:TSJMU:2010:31 |
Número de Recurso | 1052/2009 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 33/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00033/2010
ROLLO Nº: RSU 1052/2009
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA
En MURCIA, a veinticinco de enero del dos mil diez.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados,
D. JOSE LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Soledad, contra la sentencia número 250/09 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 29 de abril del 2009, dictada en proceso número 11/09, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por DOÑA Soledad frente a IBERMUTUAMUR, SERVICIO MURCIANO DE SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- Por la parte actora se formuló demanda ante el Decanato de los Juzgados de lo Social de ésta Capital, que en turno de reparto correspondió a la núm. Uno. Admitida a trámite la demanda se efectuó el señalamiento de los actos de conciliación y juicio que tuvo lugar el día acordado, en el que comparecieron las partes que figuran en el Acta levantada. Abierto el acto del juicio se hicieron las alegaciones procedentes en derecho, practicándose las pruebas propuesta y admitidas. SEGUNDO.- Resultando probado que: la actora Doña Soledad, viene prestando sus servicios como Matrona para el Servicio Murciano de Salud, en el Hospital Virgen de la Arrixaca, en la maternidad con un total de cincuenta matronas, trabaja un turno de 24 horas y descansa cuatro días completos. TERCERO.- Dio a luz el día 21 de Abril de 2008, disfrutando baja maternal hasta el día 10 de agosto de 2008 encontrándose en proceso de lactancia natural. CUARTO.- La maternidad del Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca en las secciones de "Sala de Dilatación y Paritorios". "Sala de Partos", "Recuperación de Partos", "Sala de Monitores" y "Quirófano". En el Hospital existe una sala de lactarios en la Maternidad. Los productos químicos manejados son principalmente alcohol, agua oxigenada y betadine QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que procede desestimar la demanda interpuesta por Dña Soledad, contra Ibermutuamur, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Servicio Murciano de Salud; absolviendo a estas de las pretensiones de aquella.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARIA ISABEL NAVARRO GARCIA, en representación de la parte demandante, con impugnación de IBERMUTUAMUR y SERVICIO MURCIANO DE SALUD, representadas respectivamente por DOÑA MARIA DEL MAR CALABRIA PEREZ y DOÑA NURIA GUZMAN AROCA.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora, Dª Soledad, presentó demanda, solicitando: "se sirva señalar fecha para la celebración del acto oral del Juicio, y previos los trámites legales, estimando la demanda en su totalidad, se declare mi derecho al reconocimiento de la situación protegida de baja por riesgo durante la lactancia natural, y a percibir la correspondiente prestación económica del 100 por 100 de una base reguladora diaria de 91,61 euros durante el período comprendido entre el 11/08/08 al 21/01/09 (163 días) lo que hacen un total de 14.932,43 Euros, condenando a la Mutua Ibermutuamur a dicho reconocimiento y abono de la prestación, y al resto a estar y pasar por dicha sentencia, ya que las condiciones de mi puesto de trabajo pueden influir negativamente en mi salud o en la de mi hijo".
La sentencia recurrida desestimó la demanda.
La actora, disconforme, instrumentó recurso de suplicación, en el que, a través de dos grupos de motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, otro, al examen del derecho aplicado, acaba solicitando: "que habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y en virtud del mismo, tenga por formulado, en tiempo y forma recurso de suplicación contra la Sentencia dictada en los meritados autos, elevando las actuaciones, previos los trámites procesales oportunos, a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, proceda a dictar sentencia por la que estimando el presente recurso...
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ATS, 5 de Noviembre de 2013
...en cuenta las circunstancias que constan acreditadas. Aporta la parte recurrente de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 25 de enero de 2010 (Rec. 1052/2009 ), en la que consta que la actora, matrona que prestaba servicios para el Servicio Murciano de Salud......