STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Octubre de 2000

PonenteRICARDO SANCHEZ SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2000:12340
Número de Recurso1053/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

R°. 1053/99 SENTENCIA N°. 957 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN OCTAVA Presidenta Ilma Sra. Dª. Inés Huerta Garicano.

Magistrados Ilmos. Srs. D. Miguel Ángel Vegas Valiente D. Ricardo Sánchez Sánchez En la Villa de Madrid a dieciocho de octubre del año dos mil. VISTOS, por la Sala, constituida por la Sra Magistrada y los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 1053/99, interpuesto por el Letrado D. Ramón Sánchez Pacios, en nombre y representación de Dª. Teresa , contra la resolución de 3 de noviembre de 1997, del Secretario General Técnico (P.D. del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes)

de la Comunidad de Madrid, que desestimó el recurso ordinario planteado contra la resolución de la Dirección General de la Vivienda de 12 de junio de 1.997, dictada en el expediente RV.-161.4/96.

Ha sido parte en autos la Comunidad Autónoma de Madrid, representada y defendida por un Letrado de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, en el que alegó la parte actora que la cuantía era indeterminada, y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una sentencia que declarase la nulidad de los actos impugnados y se declarese el derecho del demandante a la subrogación en el contrato correspondiente.

SEGUNDO

El Letrado de la Comunidad de Madrid, en la representación que ostenta, contestó a la demanda y pidió que se dictase sentencia desestimatoria de las pretensiones de la parte actora.

TERCERO

No habiendo periodo probatorio las partes presentaron escritos de conclusiones.

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 17 de octubre de 2.000.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es conveniente consignar los siguientes antecedentes:

1) D. Jesús Carlos , resultó adjudicatario de la vivienda situada en la CALLE000 NUM000 de Madrid, falleciendo el 5 de marzo de 1994.

2) Dª. Teresa solicitó la subrogación en la vivienda el 29 de noviembre de 1.994 y el fue desestimada por falta del tiempo de convivencia necesario.

SEGUNDO

Entiende la parte actora, y en ello basa toda su argumentación, en que su padre había adquirido la propiedad de la vivienda, en virtud de un contrato de compraventa con pacto de reserva de dominio.

La materia ha sido repetidamente tratada por nuestros Tribunales, con un criterio unánime en sus resoluciones, de las que, a modo de ejemplo podemos citar las siguientes:

1) Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª sec. 3ª, de 25-06-1999 "La verdadera naturaleza jurídica de este tipo de contratos deriva de la normativa por la que se regían" .. " Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2114/1968, de 24 de Julio, el cual" .. "regula en los arts. 132 a 137 este tipo de contratos bajo la denominación de contratos de acceso...

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