STSJ Comunidad de Madrid 40133/2010, 26 de Abril de 2010
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJM:2010:7544 |
Número de Recurso | 138/2007 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 40133/2010 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 40133/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACIÓN POR OBJETIVOS
APOYO A LA SECCIÓN CUARTA
RECURSO Nº 138/07
S E N T E N C I A Nº 40.133
Presidente Ilmo. Sr.
FRANCISCO GERARDO MARTÍNEZ TRISTÁN
Magistrados Ilmos. Sres.
GERVASIO MARTÍN MARTÍN
FÁTIMA DE LA CRUZ MERA
ALBERTO PALOMAR OLMEDA
En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil diez.
Vistos los autos del presente recurso nº 138/07 que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha promovido la Sra. Procuradora Elena Paula Yustos Capilla en nombre y representación de Dª, Ángeles, frente a la resolución adoptada por EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID de fecha 5 de septiembre de 2006 habiendo sido partes demandadas EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID y LA COMUNIDAD DE MADRID representados respectivamente por el Sr. Abogado del Estado y por el letrado de la Comunidad de Madrid, siendo Magistrado Ponente, la llma. Sra. FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.
La cuantía del presente recurso contencioso-administrativo es inferior a 150.000#
Por la recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo frente a la resolución administrativa recogida en el encabezamiento de esta sentencia. En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó la demanda mediante escrito, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminó suplicando el dictado de sentencia por la que se declarase haber lugar a la petición interesada.
Las codemandadas contestaron a la demanda mediante sendos escritos, en los que, tras alegar los hechos y fundamentos jurídicos que estimaban aplicables, terminaban suplicando la desestimación del presente recurso.
Quedando conclusos los autos, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 26 de abril de 2010, en que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 5 de septiembre de 2006 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid que desestimó la reclamación formulada frente a providencia de apremio dictada por el Director General de Tributos de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid sobre descubierto de liquidación nº NUM000 por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por importe de 6.302,52 euros incluido el recargo de apremio.
La parte actora sostiene que la liquidación no le ha sido notificada, negando que el 30 de junio de 2004, como afirma el TEAR, se le practicase notificación alguna. Añade que la providencia de apremio se notificó en el domicilio de su hermana...
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