STSJ Galicia , 15 de Febrero de 2001

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2001:1213
Número de Recurso5738/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005738 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 285 2.001 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a quince de febrero de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005738 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Carlos Miguel , representado por el procurador D. LITIS SANCHEZ GONZALEZ y dirigido por el letrado D. JOSE LUIS PIÑEIRO VIDAL, contra Acuerdo del Ayuntamiento del O Rosal de 12 -4 -97 sobre aprobación definitiva del Proyecto de Normas Subsidiarias del término municipal de O Rosal, publicado en el DOG nº 101 de 28 -5 - 97. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE O ROSAL (PONTEVEDRA) representada por el procurador D. JOSE LADO PARIS y dirigida por el letrado D. JESUS LORENZO CUERVO. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los; hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SECUNDO: Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día ocho de febrero de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo el Acuerdo de 12 -4 -97 del Ayuntamiento de O Rosal, por el que se aprobaron las Normas Subsidiarias de dicho municipio, en lo concerniente a la calificación como de uso dotacional o equipamiento, con destino a depósito de residuos sólidos urbanos, de una parcela incluida en el espacio natural protegido sierra de Argallo.

SEGUNDO

Las pretensiones de la demanda se fundamentan en que el acto que es objeto de recurso ejercita las facultades municipales de planeamiento urbanístico infringiendo tanto normas de rango superior como los principios a los que debe atenerse la utilización de la discrecionalidad en dicha materia.

No es discutido que los terrenos a los que se refiere el presente recurso estuviesen incluidos en la relación de espacios naturales protegidos de la Provincia de Pontevedra en las Normas Subsidiarias provinciales de 1992. El que el artículo 28 de la Orden autonómica de 3 -4 -91 disponga que las delimitaciones de los espacios naturales relacionados en su anexo se entenderán vigentes hasta la redacción del correspondiente planeamiento...

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