STSJ Asturias , 2 de Marzo de 2001

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1047
Número de Recurso2733/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 2733 /2000 45005 AUTOS N° 490/00 OVIEDO-2 SENTENCIA N° 674/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a dos de Marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Carlos Ramón y la empresa DIRECCION000 ., contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de Oviedo, ha sido ponente la Ilma. Sra. Doña CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Carlos Ramón , en reclamación de despido, siendo demandado la empresa DIRECCION000 . y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veinte de Julio de dos mil por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor ha prestado servicios para la empresa " DIRECCION000 ." desde el 15 Abril de 1994, al amparo de un contrato de alta dirección y con una retribución de 1.285.888 - pesetas mensuales (42.863.- pesetas diarias).

  2. - El actor está casado con Dª. Sofía , titular del 25% de las participaciones de la empresa demandada, perteneciendo el resto de las participaciones en iguales porcentajes a sus hermanos D. Jose

    Daniel , D. Pedro Miguel y D. Domingo , siendo este último el Administrador único de la Sociedad demandada.

  3. - Por la esposa del actor se vienen siguiendo actuaciones judiciales en materia societaria frente a su hermano y Administrador único de la mercantil demandada, D. Domingo , con el objeto de realizar auditorías independientes y sobre el estado de Las Sociedades de las que son copartícipes y sobre la gestión realizada por el indicado Administrador, de separar a éste de su cargo y de nombrar nuevos administradores, tal y como se acredita por Acta notarial de requerimiento de 27 de Abril de 2000 y por Sentencia de 28 Junio 2000, del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Oviedo, sobre convocatoria de Junta General de accionistas.

  4. - Mediante carta fechada el 18 de Mayo de 2000 y firmada por D. Domingo , se le notifica al actor el desistimiento empresarial de su contrato de trabajo, al amparo del articulo 11.1 del R.D. 1382/1995, de 1 de Agosto, poniéndose a su disposición las indemnizaciones legalmente previstas, incluida la derivada del incumplimiento del plazo de preaviso.

  5. - Celebrado acto de conciliación el 9 de Junio de 2000, el mismo termina intentado sin efecto por falta de comparecencia de la demandada.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante y demandada, siendo impugnado por el actor de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia declara nulo el cese impuesto al actor por entender que el móvil del desistimiento empresarial objeto del litigio fue el legitimo ejercicio por parte de la esposa del actor de actuaciones prejudiciales destinadas a depurar la responsabilidad societaria del administrador único de la empresa demandada.

Disconforme con tal decisión se formula por la empresa un único motivo de suplicación, amparado en el articulo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral, en el que denuncia la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 10 de Diciembre de 2009
    • España
    • 10 Diciembre 2009
    ...miembros del consejo de administración de la sociedad demandada, con sentencia de contraste de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 2 de marzo de 2001 (R. 2733/2001 ). Comenzando por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 25 de mayo de 20......
  • ATS, 13 de Septiembre de 2004
    • España
    • 13 Septiembre 2004
    ...el presente recurso de casación para la unificación de doctrina, proponiendo como contradictoria la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 2 de marzo de 2001. Dicha sentencia declara la nulidad del despido al entender vulnerada la garantía de indemnidad en un caso en el ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR