STSJ País Vasco , 18 de Diciembre de 2001

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2001:6581
Número de Recurso2694/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2694/01 N.I.G. 48.04.4-01/002935 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 18 de Diciembre de 2001.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por D. Carlos Alberto contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 4 de Vizcaya de fecha cinco de Julio de Dos mil uno, dictada en proceso sobre prestación (IAC), y entablado por D. Carlos Alberto frente al Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - El demandante Don Carlos Alberto con DNI NUM000 nacido el 5-01-1937 figura afiliado a la Seguridad Social por su Régimen General con Nº NUM001 , siendo su profesión habitual la de Médico-Traumatólogo. Y la base reguladora mensual a la prestación de Invalidez solicitada de 303.360 pts., con fecha de efectos de 28 de octubre de 2000. El trabajador acredita el período mínimo de cotización exigible para tener derecho a la prestación.

  2. - El trabajador inició proceso de I.T. el 18-05-99 y el 23-11-2000 se iniciaron de oficio actuaciones en materia de reconocimiento de prestaciones por Invalidez Permanente siendo examinado por la E.V.I. que el 24-11-2000 emitió dictamen y previa propuesta de la C.E.I., la Dirección Provincial del I.N.S.S. de fecha 8-01-2001 dictó resolución declarando al actor afecto de IPT derivada de enfermedad común.

  3. - Contra dicha resolución se interpuso la preceptiva reclamación previa que fue resuelta por Resolución de 22-03-01 desestimando la misma por considerar que la disminución de la capacidad laboral es consititutiva del grado de invalidez permanente ya declarado.

  4. - Las secuelas y limitaciones funcionales que la actora presenta en la actualidad son las siguientes:

    -Juicio Diagnóstico y Valoración: Trast. fóbico obsesivo. Hallazgos de imagen cerebral multiinfartos y atrofia cortico-subcortical. Hallazgos neurolectrofisiológicos inespecíficos o leve-moderada intensidad (patología cordonal post. y coclear). - - Limitaciones Orgánicas y Funcionales: Trastorno fóbico que dificulta la toma de decisiones complejas.

  5. - Se tiene por reproducido el expediente administrativo.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que desestimando la demanda interpuesta por Carlos Alberto contra OSAKIDETZA, INSS y TGSS, absuelvo a las demandadas de las pretensiones formuladas en su contra, confirmando la resolución administrativa.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación ya reseñado, que fue impugnado por una de las partes recurridas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora...

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