STSJ Comunidad Valenciana , 8 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE MARIA ORDEIG FOS
ECLIES:TSJCV:2001:9318
Número de Recurso443/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 443/2000 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª Ana Vega Pons Fuster Olivera En Valencia, ocho de noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 6402/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 443/2000, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 1999, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en los autos núm. 244/99, seguidos sobre alta RETA, a instancia de María Inmaculada , asistida por la letrado Mónica Albiol Ortuño, contra TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 29 de septiembre de 1999, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Desestimando la excepción de caducidad formulada por la parte actora, y desestimando, asimismo, la demanda formulada por Dª María Inmaculada frente a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre prestaciones, impugnando en este orden jurisdiccional la resolución de dicho Organismo de fecha 19 de enero de 1999, debo absolver y absuelvo libremente al Organismo demandado de cuantas pretensiones se deducen en su contra en la referida demanda."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora Dª María Inmaculada , titular del D.N.I. núm. NUM000 ha tenido la participación del cincuenta por ciento en los beneficios y pérdidas de la comunidad de bienes "La Noria C.B.". SEGUNDO.- La actora suscribió un contrato mercantil con la comunidad de bienes "La Noria C.B.", Benidorm, como agente de seguros, el 1 de agosto de 1.995, prestando servicios como tal agente para dicha Comunidad de bienes. TERCERO.- La actora ha obtenido unos ingresos procedentes de dicha actividad de agente de seguros que exceden, en cómputo anual, el salario mínimo interprofesional. CUARTO.- La citada comunidad de bienes, "La Noria C.B.", se dio de baja en el impuesto de Actividades Económicas con fecha de 29 de octubre de 1.998, reflejándose en dicha baja como causa la de "fin actividad", y como fecha de "cese en la actividad" la de 30 de septiembre de 1.998. QUINTO.- La Dirección Provincial de Alicante, de la Tesorería General de la Seguridad Social, dictó una resolución de fecha de 19 de enero de 1.999, relativa a la hoy actora, en la cual se establece lo siguiente: "Ponemos en su conocimiento que, en base a la...

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