STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Mayo de 2001

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2001:4281
Número de Recurso2891/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 2891/98 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro l residente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz En Valencia, diez de mayo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 2621/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 2891/98, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de abril de 1998, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Valencia, en los autos núm. 63/98, seguidos sobre reconocimiento derecho, a instancia de Juan Carlos y Guadalupe , asistidos por el letrado Antonio J. Miralles Cuartero, contra Conselleria Agricultura, pesca y alimentación, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 30 de abril de 1998, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

" Que desestimando la demanda interpuesta por Juan Carlos Y Guadalupe debo absolver y absuelvo a la CONSELLERIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN de los pedimentos en su contra formulados."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Los demandantes Juan Carlos Y Guadalupe , viene prestando servicios con contrato indefinido por cuenta del Organismo demandado, con idéntico nivel profesional y retribución, en números de puestos NUM000 y NUM001 respectivamente, desarrollando sus funciones el primero en la Unidad Administrativa de la Oficina Comarcal de la Costera -La Canal (Xátiva) y en la Dirección Territorial de Valencia, respectivamente. SEGUNDO.- El demandante tiene su domicilio habitual en Valencia y la actora en Novetle.

TERCERO

Los demandantes en fecha 20-9-95 formularon solicitud simultánea de permuta de sus respectivos puestos de trabajo. CUARTO.- Por el Subsecretario de Agricultura y Medio Ambiente se emite en fecha 27-11-96 informe propuesta al Director General para la modernización de las Administraciones Públicas sobre comisión de servicio del demandante a la plaza de la actora y de ésta al primero cesando ambos en sus puestos y tomando posesión de la plaza comisionada con efectos 1-2-97. QUINTO.- Ambos demandantes prestaron su consentimiento para el nombramiento de la comisión de servicios autorizada.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado debidamente. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° Dos de Valencia, desestimatoria de las pretensiones ejercitadas sobre reconocimiento del derecho de permuta entre los actores de los puestos de trabajo n° NUM001 y NUM000 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana, interponen recurso de suplicación los demandantes que es impugnado de contrario. El recurso se articula en dos motivos. E1 primero se formula al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral para solicitar la revisión de los hechos declarados probados a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas. Las revisiones de los hechos declarados probados que proponen los demandantes son las siguientes: Que al hecho declarado tercero se adicione lo siguiente que aparece en letra cursiva: TERCERO.-" Los demandantes en fecha de 20-9-95 formularon solicitud simultánea de permuta de sus respectivos puestos de trabajo. Dicha solicitud no fue seguida de publicación posterior en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana a los efectos determinados en el artículo 12.A.3 del II Convenio Colectivo sobre Condiciones laborales del Personal laboral al servicio de la Administración Autonómica "Que al hecho declarado cuarto se le dé la siguiente redacción: CUARTO: "Por parte de la Secretaría General de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana, se procede no obstante en fecha de 30 de octubre de 1.995, visto el informe favorable de la Dirección General de Producción Agraria y Pesca, a informar favorablemente la permuta solicitada, poniendo en conocimiento de la...

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