STSJ Cataluña , 27 de Julio de 2001

PonenteADOLFO MATIAS COLINO REY
ECLIES:TSJCAT:2001:10081
Número de Recurso762/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 762/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL (mc)

ILMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER ILMO. SR. D. ADOLFO MATÍAS COLINO REY En Barcelona a 27 de julio de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 6647/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Jesús frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº4 Barcelona de fecha 17 de noviembre de 2000 dictada en el procedimiento nº 674/2000 y siendo recurrido INSS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. ADOLFO MATÍAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18.07.2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 17 de noviembre de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimando parcialmente la demanda formulada por D. Jesús , debo declarar y declaro al mismo afecto de incapacidad permanente total, con efectos desde el 20.4.00 y con derecho al percibo de una pensión mensual inicial del 55% de su base reguladora de 83.102.-pts, condenando al INSS a estar y pasar por tal declaración y al abono de la citada pensión".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- El demandante, D. Jesús , nacido el 15.10.1962 y con DNI nº NUM000 , está afiliado a la Seguridad Social a través del Régimen General, con profesión habitual de peón transportista en empresa de electrodomésticos.

  1. - En fecha 25.10.99 inició proceso de IT, y por Resolución del INSS de 9.5.00 se declaró que el actor no está afecto de grado alguno de incapacidad permanente; formulada reclamación previa, fue desestimada por Resolución definitiva de 9.5.00.

  2. - La base reguladora de la prestación asciende a 83.102.-pts mensuales.

  3. - Las lesiones del demandante se concretan en infección por HIV estadio III, A-2, con hepatitis vírica tipo VCH y síndrome asténico prolongado".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando...

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