STSJ Murcia , 9 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2001:3043
Número de Recurso450/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº: 450/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA ILTMS SRES D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA PRESIDENTE Dª Mª ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCÁZAR Y VIEYRA DE ABREU MAGISTRADOS SENTENCIA NÚM. 663/2001 En Murcia, a nueve de Noviembre de dos mil uno. Los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen han visto el presente recurso contencioso administrativo que con el nº 450/2000 pende de resolución, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada, interpuesto por CONSTRUCCIONES MARTIN CARRILLO, S.A., representada por el Procurador don Francisco Aledo Martínez y defendida por el Letrado don Sebastián Zaragoza García, y en el que ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 21 de febrero de 1999, sobre inadmisión de recurso de alzada.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 12-4-2000, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la siguiente pretensión: que se dicte sentencia por la que estimando esta demanda anule dicha Orden con las consecuencias inherentes a ello, como lo es la retroacción de las actuaciones al trámite de notificar el informe de la Dirección General de Cultura con indicación de si el acto es o no definitivo en vía administrativa y, en su caso, recursos que procedan, órgano ante el que pueden interponerse y plazo para ello y, posteriormente, resolver sobre el contenido del escrito de esta parte de fecha 21 de enero de 2000 o el que se presente tras la notificación antes mencionada, con todo lo demás que sea procedente en Derecho.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte Sentencia declarando la desestimación de la pretensión del demandante de que "se retrotraigan las actuaciones al trámite de notificar el informe desfavorable del Director General de Cultura" y de clara que corresponde resolver, vía...

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