STSJ Murcia , 8 de Octubre de 2001

PonenteMANUEL ABADIA VICENTE
ECLIES:TSJMU:2001:2707
Número de Recurso758/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau003 SENTENCIA Nº: 1457/2001 ROLLO Nº: RSU 758/2001 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a ocho de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL ABADÍA VICENTE, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 8 de marzo de 2001, dictada en proceso número 576/2000, sobre invalidez, y entablado por don Juan Enrique frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ABADÍA VICENTE, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El actor don Juan Enrique , nacido el 26 de enero de 1950, fue alta en Seguridad Social en el Régimen General con número de afiliación NUM000 , por tareas de electricista industrial. 2º) El trabajador inició proceso de incapacidad temporal el 29 de noviembre de 1999.

  1. ) En fecha 16 de marzo de 2000, se emitió informe médico de síntesis. 4º) El Equipo de Valoración de Incapacidades el 30 de marzo de 2000, elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. 5º) El

Instituto Nacional de la Seguridad Social ha declarado al actor en situación de invalidez permanente total para la profesión habitual. 6º) Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de invalidez permanente absoluta. 7º) La base reguladora asciende a 234.458 pesetas. 8º) El actor presenta las siguientes dolencias: hipertensión arterial; cardiopatía isquémica; hipercolesterolemia; gota, prueba de esfuerzo; protocolo de Bruce negativo clínica y eléctricamente; fracción de eyección conservada; angor inestable. 9º) Interpuesta reclamación previa fue desestimada"; y el fallo fue del tenor literal siguiente:

"Estimo la demanda interpuesta por don Juan Enrique , frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declara y declaro al actor en situación de invalidez permanente grado de absoluta para todo tipo de trabajo, con origen de enfermedad común, y condeno a la entidad demandada a que abone al actor pensión en cuantía del cien por cien de su base reguladora 234.458 pesetas y efectos...

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