STSJ Galicia , 24 de Enero de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2002:491
Número de Recurso4788/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0004788 /1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA N° 133 2002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARIA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veinticuatro de enero de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004788 /1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por TRANSPORTES VISANTOÑA, S. A., representada y dirigida por D. Constantino , contra la Resolución de 26 -1 -98 de la Consellería de Política Territorial, obras Públicas e Vivenda que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la actora contra otra de la Dirección Xeral de obras Públicas e Transportes de 11 -11 -96, dictada en el expediente NUM000 , que le impuso la sanción de multa de 460.000 pts. Es parte como demandada CONSELLERIA POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS E VIVENDA representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 460.000 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 17 de enero de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 26 -1 -98 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la actora contra otra de la Dirección Xeral de Obras Públicas e Transportes de 11 - 11 -96, dictada en el expediente NUM000 , que le impuso la sanción de multa de 460.000 pts.

SEGUNDO

Se alega en la demanda la prescripción de la infracción por la que se sanciona y la falta de responsabilidad de la entidad recurrente en los hechos imputados. La primera de dichas alegaciones tiene que ser rechazada porque los hechos sancionados ocurrieron el 21 -4 -96, y por lo tanto después de que se dictase la Ley 42 /94, de...

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