STSJ Asturias , 30 de Diciembre de 2002
Ponente | CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2002:5965 |
Número de Recurso | 582/2002 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 30 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL N.I.G: 33044 4 0101017 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 582 /2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: Eugenio RECURRIDO/s: TGSS, INSS JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 2 de GIJON DEMANDA 584 /2001 sentencia número: 3753/02 Ilmos. Sres.
D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ En OVIEDO a treinta de Diciembre de dos mil dos, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 582 /2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MARIA DEL CARMEN DEL RIO CUERVO, en nombre y representación de Eugenio , contra la sentencia de fecha veintisiete de Noviembre de dos mil uno, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 2 de GIJON en sus autos número DEMANDA 584 /2001, seguidos a instancia de Eugenio frente a TGSS e INSS, parte demandada representada por el LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación por Incapacidad Permanente Absoluta, siendo Magistrado- Ponente la Iltma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintisiete de Noviembre de dos mil uno por la que se desestimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
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- El actor, nacido el 5 de Febrero de 1936 y cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , siendo su profesión habitual la de capataz, derivada de accidente no laboral con derecho a percibir la prestación correspondiente desde Enero de 1996, motivando la declaración referida el padecimiento de: Fractura luxación de cadera derecha en 1986. Remodelación artrósica avanzada, con pinzamiento global de interlínea, osteofitosis y aplanamiento de cabeza femoral derecha.
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- Promovida solicitud de revisión de invalidez por agravación y seguidas las correspondientes...
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