STSJ Galicia , 2 de Octubre de 2003
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2003:4964 |
Número de Recurso | 508/2003 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 2 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
MARÍA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICA: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución Recurso núm. 508/2003 CON ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR ILMA. SRª Dª. ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ A Coruña, a dos de octubre de dos mil tres.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.
Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 508/2003 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS DE OURENSE siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Fernando en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 651/02 sentencia con fecha 31 de octubre de 2002 por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.-. El actor D. Fernando , nacido el 25-2- 1941, figura afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 encuadrada en el Régimen General con la profesión habitual de albañil./ SEGUNDO.- Iniciado expediente de invalidez el 13-5-02, se dictó resolución pro la Dirección Provincial del I.N.S.S. el 22-5-02 declarando al actor afecto de incapacidad permanente total. Interpuesta reclamación previa fue, asimismo, desestimada por resolución de 12-7-02, por la cual se confirma la impugnada./ TERCERO.- El actor presenta objetivadas las siguientes lesiones: ENFERMEDAD DE PARKINSON GRADO II Y TRASTORNO ADAPTATIVO MIXTO ANSIOSO- DEPRESIVO GRAVE SECUNDARIO" / CUARTO.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 586,04 ."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. Fernando contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que el actor se encuentra afecto de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, y, en consecuencia, condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a abonar al actor una pensión vitalicia en cuantía del 100% de la base reguladora mensual de...
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