STSJ Cantabria , 30 de Abril de 2003

PonenteFRANCISCO MARTINEZ CIMIANO
ECLIES:TSJCANT:2003:909
Número de Recurso1221/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 603/03 Rec. Núm. 1.221/02.

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dña. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a treinta de abril de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Francisca contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda a por la representación de Dª

Francisca , siendo demandado el Gobierno de Cantabria sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 11 de junio de 2.002 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Francisca , nacida el 15 de febrero de 1.958, tenía reconocido por Resolución de la Dirección General de Bienestar Social de fecha 30 de septiembre de 1.999 una minusvalía del 53% en base al siguiente diagnóstico: limitación funcional mano izquierda. Limitación funcional de columna vertebral y trastorno del equilibrio.

  2. - La actora solicitó con fecha 23 de abril de 2.001 la revisión del grado de minusvalía con derecho a prestación y una vez examinada por el Equipo de Valoración y Orientación del Centro de Diagnóstico en fecha 24 de mayo de 2.001, se establece que la actora padece limitación funcional extremidades y CV. por trastorno del Disco Intervertebral, Limitación funcional de extremidades y VV. por trastorno interno de rodilla de etiología no filiada e hipotiroidismo sin discapacidad, correspondiéndole un grado de discapacidad del

    25% más un 10% por factores sociales complementarios.

  3. - En base a este dictamen, la Dirección General de Atención Socio Sanitaria dicta resolución con fecha 28 de junio de 2.001, por la que reconoce a la actora un grado de minusvalía del 35% al haberse modificado el grado que tenía reconocido por resolución de fecha 2 de septiembre de 1.999.

  4. - La actora formuló reclamación previa el 16 de julio de 2.001 y reunido el EVO, el 26 de julio de 2.001, emite un nuevo informe ratificando al anterior.

  5. - A la vista de ello, se desestima la reclamación previa por resolución del Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

  6. - En la fecha de solicitud de la revisión del grado de Minusvalía (abril de 2.001) la actora acredita y presenta informe médicos del Servicio público de Salud, las siguientes patologías: síndrome del túnel carpiano bilateral, hernia discal a nivel C5-C6, gonalgia izquierda, hipotiroidismo. Informes del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

TERCERO

Que contra dicha...

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