STSJ Cantabria , 26 de Febrero de 2003

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2003:381
Número de Recurso903/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 267/03 Rec. Núm. 903/02 Secª. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a veintiséis de febrero de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª.

Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. María Rosario siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, sobre Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 8 de julio de 2.002, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Dª. María Rosario , han venido prestando sus servicios profesionales encuadrada en el Régimen de Empleadas de Hogar de la SS. (11-2-98 a 24-4-99 y 26-6-2000 a 30-10-2000) posteriormente en el RETA hasta el 31-1-2.002.

  2. - Con anterioridad al 22-10-01 inició situación de IT en la que permanece hasta el 13- 2-02. El 14-2-02 se le practica cesárea para el nacimiento de su hijo, y solicitado subsidio por maternidad el 27-2-02, se la deniega en resolución de 25-3-02.

  3. - Se ha agotado la vía previa y se tiene por reproducido el expediente administrativo.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) interponen recurso de suplicación contra la sentencia de instancia, estimatoria de la demanda deducida en reclamación de subsidio por maternidad. En un único motivo, alegan la infracción por interpretación errónea del art. 9 del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo, de aplicación a un hecho causante acaecido el 14 de febrero de 2.002.

Se trata de una trabajadora que, afiliada y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), inicia un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común, percibiendo la correspondiente prestación, y sin solución de continuidad comienza el descanso por maternidad, denegándole el INSS la prestación por derivada de esta contingencia, por cuanto en el momento del parto (hecho causante), no se encontraban en situación de alta en el RETA.

La cuestión que plantean las Gestoras es si la actora se encuentra en situación asimilada al alta.

De conformidad con el art. 5, regla 6ª del citado RD 1251/2001, "para el acceso a la prestación económica por maternidad se consideran situaciones asimiladas al alta: cualesquiera otras situaciones que se prevean reglamentariamente".

La doctrina jurisprudencial, plasmada en la sentencia de unificación de doctrina del Tribunal Supremo de 29 de abril de 2.002 (RJ. 7888), confirmando el criterio de esta Sala, ha señalado que tienen derecho al subsidio por maternidad la trabajadora, por cuenta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Comunidad Valenciana 1395/2008, 6 de Mayo de 2008
    • España
    • 6 Mayo 2008
    ...por lo demás, ha sido aplicada pacíficamente en otras Salas de lo Social (STSJ de Castilla-León de 14-1-04, Rec., 1206/03, STSJ de Cantabria de 26-2-03, Rec. 903/02, STSJ de Aragón de 4-10-04, Rec. 752/04, STSJ de Cataluña de 9-5-05, Rec. 2882/04 y STSJ de La Rioja de 31-3-06, Rec. - Por co......
  • STSJ Comunidad Valenciana 4336/2008, 19 de Diciembre de 2008
    • España
    • 19 Diciembre 2008
    ...por lo demás, ha sido aplicada pacíficamente en otras Salas de lo Social (STSJ de Castilla-León de 14-1-04, Rec., 1206/03, STSJ de Cantabria de 26-2-03, Rec. 903/02, STSJ de Aragón de 4-10-04, Rec. 752/04, STSJ de Cataluña de 9-5-05, Rec. 2882/04 y STSJ de La Rioja de 31-3-06, Rec. 118/06).......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR