STSJ Comunidad Valenciana , 3 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2002:7481
Número de Recurso3705/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 3705/00 Recurso contra Sentencia núm. 3705/2000 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª Maria Montes Cebrian Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz En Valencia, a tres de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4160/2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 3.705/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 19 ocubre 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Alicante, en los autos núm. 391/00, seguidos sobre cantidad, a instancia de D. Valentín , representado por la letrada Dª Ester Lopez Garcia, contra MINISTERIO DE DEFENSA, representado por el Sr., Abogado del Estado, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 19 ocubre 2000 dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que debo estimar y Estimo la demanda interpuesta por Valentín contra MINISTERIO DE DEFENSA y en su consecuencia condeno al citado organismo a abonar al actor la suma de 1.808.075 ptas.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor D. Valentín con D.N.I. NUM000 y cuyas circunstancias personales constan en su demanda venia prestando sus servicios profesionales en la Base Naval de Rota dependiente de las Fuerza de los Estados Unidos como personal laboral desde el 11 de marzo de 1.968 y con la categoria laboral desde el 11 de marzo de 1968 y con la categoria profesional de Jefe Administrativo estando destinado en Clínica Veterinaria, Destacamento de Alicante, habiendo prestado sus servicios un total de 31 años siendo su ultimo salario a la fecha de su baja de 11.666 ptas. dia. SEGUNDO.- Por acuerdo de 31 de marzo de 1999 del subsecretario de defensa cuyo contenido damos por reproducido (documento nº 3 del ramo de prueba del actor) se decide: "La supresion, con la consiguiente extincion delcontrato de trabajo, del puesto de trabajo del cuadro numerico del personal laboral local que presta servicios en la Clinica Veterinaria Destacamento de Alicante, afecto a la Base Naval de Rota - Jefe Administrativo -337.689 pesetas EA-07 D. Valentín ". Tercero.- Con Fecha 22-5-99 el actor es recolocodo en el CEFOMEO de Alicante y desde entonces viene prestando servicios para el Ministerio de Defensa, con la categoria profesional de Jefe

Administrativo. CUARTO: Con fecha 12 de septiembre de 1991, la Direccion General de Personal del Ministerio de Defensa y los representantes del personal laboral lcoal de las instalaciones de apoyo de las Bases de Torrejon, Rota y Zaragoza alcanzarian el Acuerdo obrante a los folios 39 al 43 de las actuaciones cuyo contenido damos por reproducido. En el punto segundo de dicho acuerdo literalmente se indica: "Los trabajadores afectados por la reduccion examinada percibiran a titulo de ayuda para su adaptacion a las condiciones de trabajo del puesto que se les ofrezca, una cantidad equivalente a cinco dias de salario por año de servicio...Estas cantidades seran satisfechas a aquellos que acepten la incorporación al servicio del Ministerio de Defensa en los terminos previstos en el presente acuerdo...El valor de la cantidad se calculara teniendo en cuenta las retribuciones ordinarias y fijas que venieren percibiendo por las fuerzas de los EEUU y que figure en la ultima nomina anterior al despido". QUINTO.- Reclamada por el actor dicha ayuda de adaptación, esta le fue denegada por Resolucion de fecha 8-5-2.000. SEXTO.- Se ha agotado la via administrativa previa. ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandado, siendo debidamente impugnado por la demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO...

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