STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Junio de 2002

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2002:6443
Número de Recurso2075/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Social

5 Recurso nº. 2075/00 Recurso contra Sentencia núm. 2075/00 Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier LLuch Corell Ilmo. Sr. D. Jesus Sanchez Andrada En Valencia, once de junio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4049/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 2075/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 7 de abril de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Valencia, en los autos núm. 144/00, seguidos sobre invalidez total, a instancia de Eduardo , , contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP MUTUA Y RIPOLL Y CIA SL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 7 de abril de 2000, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por D. Eduardo frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Y MUTUA FREMAP Y RIPOLL Y CIA SL absolviendo a estos de las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante D. Eduardo D. N.I. NUM000 cuyos demás datos personales obran en autos, sufrió el 02-11-98 un accidente de trabajo por caida prestaba sus servicios como recolector en la empresa RIPOLL y CIA SL quien tenía concertado dicho riesgo con la mutua FREMAP que le produjo fractura 1/3 distal de tibia y peroné, habiendo recibido tratamiento médico-quirúrgico rehabilitador, es dado de ALTA CON SECUELAS EN FECHA 4.08.99. segundo.- Por el Inss se tramitó Expediente para la valoración de las secuelas 99-524.237-46 en el que se dictó resolución de fecha 19.10.99 por la que se le declaraba afecto de Invalidez Permanente parcial para su profesión habitual, con una base reguladora de 114.000 ptas, con cargo a la mutua FREMAP, ascendiendo la indemnización a 2.736.000 ptas brutas, que el actor ha percibido. TERCERO.- Disconforme con dicha declaración, el actor formuló reclamación previa, el 21.01.2000, solicitando ser declarado afecto de incapacidad permanente en grado total para su profesión de agricultor por cuenta ajena, recolector de cítricos. CUARTO.- El actor es trabajador fijo discontinuo prestando sus servicios en la empresa demandada durante la temporada de cítricos acogido al Régimen especial Agrario por cuenta ajena, habiendo trabajado en la última campaña un total de 58 días entre octubre de 1.997 a 31 de octubre de 1.998, por los que percibió 407.890 ptas, brutas. QUINTO.- El demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual: DISMINUCION DEL BALANCE ARTICULAR DE LA RODILLA IZQUIERDA INFERIOR AL CINCUENTA POR CIENTO: Se encuentra limitado para los últimos grados de la hiperextensión de la rodilla. DISMINUCIÓN DE LA FLEXION DORSAL DEL PIE IZQUIERDO INFERIOR A CINCUENTA GRADOS: Imposibilidad de realizar la flexión dorsal extrema, esto es en sus últimos grados. DISMETRIA DE -1CM Aproximadamente. No tiene afectada la articulación de la rodilla ni del tobillo. El actor encuentra dificultad para deambulación mantenida por terrenos irregulares, sobre todo cargado, y por la limitación de la flexión dorsal puede verse limitado para subir a escaleras de mano.

SEXTO

Mediante Resolución del I.N.S.S. de 28-01-00, fue desestimada la reclamación previa del interesado, agotándose la vía administrativa.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado debidamente. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre en suplicación la sentencia de instancia por la parte actora, siendo impugnado el recurso por...

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