STSJ País Vasco , 20 de Junio de 2003

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2003:3134
Número de Recurso1020/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1020/03 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 20 de junio de 2.003.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, DOÑA MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA y DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por AGENCIA EFE S.A. contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 6 (Bilbao) de fecha treinta y uno de Diciembre de dos mil dos, dictada en proceso sobre DSP (Despido), y entablado por DON Eugenio frente a "AGENCIA EFE S.A.".

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - El actor, ostentaba en la empresa demandada las siguientes circunstancias laborales:

    * Antiguedad: 27-01-1.995 * Categoría: Redactor * Salario/prorrata: 1.803,04 E (300.000 ptas/mes) + 300,51 E (50.000 ptas) de plus de peligrosidad.

  2. - Con fecha 7 de febrero de 1997, el DIRECCION000 General de EFE en el País Vasco D. Adolfo emitió el siguiente certificado (documento nº 2 demanda):

    "D. Eugenio es corresponsal de la Agencia EFE S.A. en Baracaldo (Vizcaya) desde el año 1995, remitiendo a la agencia informaciones sobre cuantos acontecimientos de interés suceden en la localidad referida y en su entorno, desempeñando tales funciones con gran profesionalidad y eficacia"

  3. - El actor mantiene desde la fecha citada una relación que la demandada califica de "CORRESPONSAL", constando acreditado a tal efecto en autos el siguiente documento:

    D. Eugenio es corresponsal de la Agencia EFE S.A. en Baracaldo (Vizcaya) desde el año 1995, remitiendo a la agencia informaciones sobre cuantos acontecimientos de interés suceden el la localidad referida y en su entorno, desempeñando tales funciones con gran profesionalidad y eficacia.

  4. - La empresa ocupa a más de 25 trabajadores y el actor, como es lógico, no ocupa cargo sindical.

  5. - Con fechas 8-11-2001 y junio 2002, EFE ha instado al actor para que se diera de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (Doc. nº 5 demanda).

  6. - El actor depuso como testigo en el proceso civil seguido a instancias de la correponsal en Getxo Dña. Consuelo (Doc. Nº 6 demanda).

  7. - Con fecha 16-4-2002 el actor remitió a D. Ignacio , Agencia Efe de Bilbao, y a D. Juan Pablo , Agencia Efe Madrid el siguiente telegrama:

    "Solicito explicaciones por el recorte en el número de noticias de mi autoría transmitidas por la Agencia EFE como por el cese de encargos a este corresponsal Eugenio Corresponsal en Baracaldo" (Doc.

    nº 7 demanda).

  8. - Entre los días 23-4-02 y 9-9-02 el actor se ha dirigido insistentemente a EFE al efecto de que se le comuniquen las razones por las que se han dejado de transmitir las noticias. En dicho "interin" el actor ha remitido el siguiente número de noticias:

    - ABRIL: 25 (3); 29 (3) y 30 (3).

    - MAYO: 2 (3); 3 (3); 6 (3); 7 (3); 8 (3); 9 (3); 10 (3); 13 (3); 14 (3); 15 (3); 16 (3); 17 (3); 20 (3); 21 (3); 22 (3); 23 (3); 24 (3); 27 (3); 28 (3); 29 (4); 30 (3) y 31 (4).

    - JUNIO: 3 (3); 4 (3); 5 (3); 6 (3); 7 (3); 10 (3); 11 (3); 12 (3); 14 (3); 17 (3); 18 83); 20 (3); 21 (3); 24 (4) y 25 (3).

    - JULIO: 2 (3); 3 (3); 4 (3); 5 (3); 8 (3); 9 (3); 10 (3); 11 (2); 12 (3); 15 (3); 16 (3); 17 (3); 18 (3); 19 (3); 24 (3); 25 (3); 26 (3); 29 (3); 30 (3); y 31 (3).

    - AGOSTO: 1 (3); 2 (3); 5 (3); 6 (3); 7 (3); 8 (3); 9 (3); 12 (3); 13 (3); 16 (3); 19 (3); 20 (3); 21 (3); 22 (3); 26 (2); 27 (2); 28 (3) y 29 (3).

    - SEPTIEMBRE: 2 (3); 3 (3); 4 (3); 5 (3) y 6 (2).

  9. - Entre el 1-1-02 y el 24-6-02 el actor ha realizado a EFE las llamadas descritas en el documento nº

    8 de la prueba de la parte actora, y que damos aquí por reproducido.

  10. - Entre febrero 1995 y febrero 2002, EFE ha abonado al actor los siguientes importes:

    - febrero 1995: 83.300 pts. 500,64 euros - marzo 1995: 89.250 pts. 536,40 euros - abril 1995: 80.410 pts. 483,27 euros - mayo 1995: 93.500 pts. 561,95 euros - junio 1995: 63.750 pts. 383,15 euros - julio 1995: 83.300 pts. 500,64 euros - agosto 1995: 85.000 pts. 510,86 euros - septiembre 1995: 89.250 pts. 536,40 euros

    - octubre 1995: 83.300 pts. 500,64 euros - noviembre 1995: 84.400 pts. 531,29 euros - diciembre 1995: 80.750 pts. 485,32 euros - enero 1996: 93.500 pts. 561,95 euros - marzo 1996: 199.750 pts. 1.200,52 euros (pago conjunto febrero y marzo de 1996).

    - abril 1996: 107.100 pts. 643,68 euros - mayo 1996: 93.500 pts. 561,95 euros - junio 1996: 103.700 pts. 623,25 euros - julio 1996: 98.600 pts. 592,60 euros - agosto 1996: 97.750 pts. 587,49 euros - septiembre 1996: 97.750 pts. 587,49 euros - octubre 1996: 123.250 pts. 740,75 euros - noviembre 1996: 134.300 pts. 807,16 euros - enero 1997: 208.250 pts. 1.251,61 euros (pago conjunto diciembre)

    - febrero 1997: 102.000 pts. 613,03 euros - marzo 1997: 114.750 pts. 689,66 euros - abril 1997: 131.750 pts. 791,83 euros - mayo 1997: 124.100 pts. 745,86 euros - junio 1997: 111.350 pts. 669,23 euros - julio 1997: 148.750 pts. 894,01 euros - agosto 1997: 119.000 pts. 715,20 euros - septiembre 1997: 114.750 pts. 689,66 euros - octubre 1997: 187.000 pts. 1.123,89 euros - noviembre 1997: 225.250 pts. 1.353,78 euros - diciembre 1997: 136.000 pts. 817,38 euros - enero 1998: 153.000 pts 919,55 euros - febrero 1998: 148.000 pts. 889,50 euros - marzo 1998: 160.000 pts. 961,62 euros - abril 1998: 164.000 pts. 985,66 euros

    - mayo 1998: 184.000 pts. 1.105,86 euros - junio 1998: 164.000 pts. 986,66 euros - julio 1998: 152.000 pts. 913,54 euros - agosto 1998: 132.000 pts. 793,34 euros - septiembre 1998: 70.400 pts. 423,11 euros - octubre 1998: 160.800 pts. 966,43 euros - noviembre 1998: 161.280 pts. 969,31 euros - diciembre 1998: 129.600 pts. 778,91 euros - enero 1999: 122.400 pts. 735,64 euros - febrero 1999: 156.800 pts. 942,39 euros - marzo 1999: 124.000 pts. 745,26 euros - abril 1999: 101.600 pts. 610,63 euros - mayo 1999: 140.000 pts. 841,42 euros - junio 1999: 115.360 pts. 693,33 euros - julio 1999: 101.600 pts. 610,63 euros - agosto 1999: 111.360 pts. 669,29 euros - septiembre 1999: 98.560 pts. 592,36 euros - octubre 1999: 109.760 pts. 659,67 euros - noviembre 1999: 91.680 pts. 551,01 euros - diciembre 1999: 99.040 pts. 595,24 euros - enero 2000: 74.784 pts. 449,46 euros - febrero 2000: 81.386 pts. 491,84 euros - marzo 2000: 117.424 pts. 705,73 euros (extracto bancario)

    - abril 2000: 75.276 pts. 452,42 euros - mayo 2000: 78.556 pts. 472,13 euros (abonado en junio "otros pagos")

    - junio 2000: 99.384 pts. 597,31 euros - julio 2000: 97.252 pts. 584,50 euros - agosto 2000: 69.864 pts. 419,89 euros - septiembre 2000: 67.404 pts. 405,11 euros

    - octubre 2000: 61.336 pts. 368,64 euros - noviembre 2000: 72.980 pts. 438,62 euros - diciembre 2000: 59.204 pts. 355,82 euros - enero 2001: 92.168 pts. 553,94 euros - febrero 2001: 78.228 pts. 470,16 euros - marzo 2001: 86.756 pts. 521,41 euros - abril 2001: 76.260 pts. 458,33 euros - mayo 2001: 105.944 pts. 636,74 euros (recibo perdido)

    - junio 2001: 76.260 pts. 458,33 euros - julio 2001: 84.788 pts. 509,59 euros - agosto 2001: 104.632 pts. 628,85 euros - septiembre 2001: 68.880 pts. 413,98 euros - octubre 2001: 71.996 pts. 432,70 euros - noviembre 2001: 74.620 pts. 448,48 euros - diciembre 2001: 96.432 pts. 579,57 euros (recibo perdido)

    - enero 2002: 82.025 pts. 492,98 euros - febrero 2002: 119.442 pts. 717,86 euros TOTAL: 9.117.331 pts. 54.796,26 euros.

  11. - El actor trabaja recibiendo de EFE previsiones de noticias, tales como las que obran documentadas en ramo de prueba y que damos aquí por reproducidas (testifical Sres. Ignacio y María Luisa).

  12. - Con fecha sin determinar de 2002 el actor remitió a diversos responsables Agencia EFE la siguiente carta (Documento nº 1 EFE):

    "El 27 de enero de 1995 inicié mi trabajo para la Agencia Efe como "CORRESPONSAL EN BARAKALDO" transcurrido, por lo tanto, exactamente siete años desde que me incorporé a la empresa, a la que he aportado más de 12.000 noticias.

    Durante este tiempo la Agencia Efe no ha formalizado por escrito ningún contrato ni ha hecho ofrecimiento del mismo, hasta que en noviembre de 2001 el actual DIRECCION000 en el País Vasco, Ignacio , me ofertó un contrato para cubrir una baja por maternidad.

    A pesar del visto bueno inicial de la dirección de Madrid, que ya había realizado los trámites de inscripción en el INEM y que se anunciaba como inmediata el inicio de la actividad, los responsables de Personal -departamento dirigido por Juan Pablo - desestimaron, en el mismo momento de poner la firma, la posibilidad de que me incorporase temporalmente a la plantilla en Bilbao con el único argumento de que soy un coresponsal y puede existir riesgo de una demanda ante Magistratura de Trabajo.

    Después de demasiados años de trabajo en la Agencia Efe, en situación completamente irregular, sin un solo día cotizado a la Seguridad Social y con un salario que habitualmente ronda las 80.000 pesetas, la actitud de la empresa no puede ser considerada de otro modo que un insulto.

    Me encuentro de este modo ante un callejón sin salida:

    * Continuar en la Agencia como corresponsal de Barakaldo me condena a la ruina económina, al absoluto fracaso profesional y a un futuro más que temible.

    * Abandonar la empresa sin más supone, además de la incertidumbre ante un mercado laboral muy complicado y la inmediata miseria -sin paro ni cobertura social de ningún tipo-, la renuncia a unos derechos que considero legítimos, más aún después de siete años de trabajo continuado, a plena...

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