STSJ Castilla-La Mancha , 8 de Octubre de 2002

PonenteJOSE MONTIEL GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2002:2539
Número de Recurso1129/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

DON JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ-LUNA JIMÉNEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº 1.129/01.- Ponente: Sr. José Montiel González.- Fallo: 8-10-02.- Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Iltma. Srª Dª Petra García Márquez

En Albacete, a ocho de octubre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.581 En el Recurso de Suplicación número 1.129/01, interpuesto por Raúl , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete, de fecha 27 de marzo de 2.001, en los autos número 685/00, sobre Prestaciones, siendo recurridos INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ASEPEYO MUTUA Nº 151, y GIA, S.L. Es Ponente el Iltmo. Sr. D. José Montiel González, Presidente de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda rectora de las presentes actuaciones absuelvo a los demandados de las pretensiones ejercitadas en su contra en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

Primero

D- Raúl , con D.N.I. nº NUM000 , nacido el día 21.11.56 sufrió un accidente de trabajo el día 222/3/00 cuando prestaba sus servicios por cuenta y orden de la empresa GIA S.L. al recibir una contusión en la cara con la carcasa de la radial. La Mutua Patronal Asepeyo cubría el riesgo de accidente de trabajo en la empresa demandada el día de los hechos. El actor como consecuencia de dicho accidente recibió asistencia sanitaria por cuenta de la Mutua demandada permaneciendo de baja desde el día 22.3.00 al 4.4.00. El actor tras el accidente sufrió rotura de una pieza dentaria y movilidad de tres mas, prestándole asistencia dental el la consulta del médico estomatólogo D. Jesús por parte del odontólogo D. Diego , al que fue remitido por la Mutua, el que tras administrarle el tratamiento oportuno le recomendó la implantación de prótesis removible, tratamiento no aceptado por el actor. Por escrito de fecha 29.8.00 el actor solicitando la implantación de prótesis fija soportada con implantes ostointegrados, según informes y presupuestos que aporta de Dr. Jose Carlos y de la Clínica dental Rafael Pla, S.A. que obran unidos a las actuaciones y se dan aquí por reproducidos. Tratamiento al que se niega la Mutua por escrito de fecha 19.9.00 por no considerarlo el adecuado al actor.

Segundo

El actor como consecuencia del accidente sufrió fractura coronal del incisivo lateral superior izquierdo y aumento de la movilidad del canino superior izquierdo que ya presentaba perdida de hueso con anterioridad debido a la periodontitis que presenta el paciente, igualmente presentaba movilidad de los tres incisivos inferiores. Estas cinco piezas fueron extraídas por el Dr. Diego . El actor previamente al accidente presentaba gran falta de piezas dentarias, así con las extracciones realizadas como consecuencia del accidente el actor presenta en la parte superior solo los segundos molares derecho e izquierdo (dos piezas) y en la parte inferior faltan los cuatro incisivos y la pieza 37, 46 y 47.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso fue impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el primer motivo de recurso, amparado en el art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral; se postula la revisión del hecho probado primero de la sentencia de instancia a fin de que...

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