STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Febrero de 2003

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2003:1435
Número de Recurso1552/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº. 1552/02 Recurso contra Sentencia núm. 1552/02 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, veintiuno de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 791/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 1552/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Elche, en los autos núm. 229/01, seguidos sobre reconocimiento de derecho, a instancia de Marcos , asistido por el letrado Vicente Juan Martínez García, contra Agustín , y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma.

Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de enero de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

" Que desestimando la demanda interpuesta por Marcos contra Agustín , debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la totalidad de los pedimentos contenidos en la demanda."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que el actor Marcos con D.N.I. nº NUM000 , ha prestado sus servicios para Agustín desde el año 92 como trabajador agrícola con carácter eventual. SEGUNDO.- Que el actor a partir del dia 1-1-99, pasó a prestar sus servicios como trabajador fijo, con categoría profesional de jornalero y salario de 120.000 pts/mes con prorrata de pagas extras. TERCERO.- Que con fecha 16-2-01 se celebró el preceptivo acto de conciliación instado el 2.2.01, con el resultado de intentado sin efecto.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Por la representación letrada de la parte actora se interpone recurso de suplicación, frente a la sentencia desestimatoria de la pretensión en reclamación de derecho, esto es, de la condición de trabajador fijo para el demandado desde el año 1992.

Estructura el recurso en dos motivos. En el primero al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, se postula la modificación del ordinal primero de la sentencia impugnada. En el segundo, por el cauce procesal previsto en el apartado c) del artículo 191 de la Ley adjetiva laboral, se imputa a...

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