STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Febrero de 2003

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2003:1195
Número de Recurso3353/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

5 R.C. Sent. 3353/02 Recurso contra Sentencia núm. 3353/2002 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Iltmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a catorce de Febrero de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 700/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 3353/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de Junio de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Alicante, en los autos núm. 259/02, seguidos sobre Despido, a instancia de Dª Paula , asistida del Letrado Mª Mercedes Quintanar, contra CONSELLERIA DE SANIDAD, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Iltmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 26 de Junio de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Paula contra CONSELLERIA DE SANIDAD G.V. a la que se absuelve de los pronunciamientos deducidos en demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora, personal laboral temporal de la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, vino prestando servicios en el Centro de Especialidades de Alcoy, en virtud de contrato laboral temporal para cobertura de plaza vacante suscrito el dia 28-1- 91, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2º del R.D. 2104/84, de 21 de Noviembre. SEGUNDO.- En fecha 28-6-93 se le comunicó, que dentro de la plantilla presupuestada del centro de gestión, el puesto que ocupaba era el número 29086. TERCERO.- Por resolución de fecha 25-2-02 del Director General para los Recursos Humanos de la Consellería de Sanidad (DOGV 11-3-02) se procedió a la publicación del resultado del concurso de Traslados para la provisión de plazas vacantes de auxiliares administrativos, Grupo D, dependientes de las instituciones sanitarias e la Conselleria de Sanidad, resultando adjudicada 1 plaza de esa categoría profesional en el Centro de Especialidades de Alcoy. En la convocatoria de dicho concurso (Resolución de fecha 27-12-00) se convocaba un única plaza sin identificar en el Centro de Especialidades de Alcoy. CUARTO.- En virtud de la anterior resolución la plaza del Centro de Especialidades de Alcoy es adjudicada a Dª Bárbara , personal estatutario fijo en la categoría profesional de auxiliar administrativo, de la que toma posesión el 26-3-02, produciéndose el cese de la actora en fecha 25-3-02. QUINTO.- Del colectivo de auxiliares administrativos con vinculación temporal para el desempeño del plaza vacante en el Centro de Especialidades de Alcoy, la actora tenía el contrato en vigor más antiguo (28-1-91). SEXTO.- Con anterioridad al citado concurso de traslados, la plaza ocupada por la actora ya resultó vinculada para su provisión a través del concurso-oposición de la categoría de auxiliar administrativo, resuelto por resolución del director general para los recursos humanos de la Consellería de Sanidad de fecha 18-04-01 (DOGV 2-5-01). Si embargo, la actora no llegó a cesar en aquel momento por cuanto la persona que obtuvo la plaza en propiedad en el Centro de Especialidades de Alcoy (Alina San Juan Cano) no se incorporó efectivamente a la misma al pasar a la situación administrativa de excedencia por incompatibilidad, prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84 de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, dado que desde el 1-12-00 presta servicios como funcionaria de carrera en el Ayuntamiento de Alcoy. En la convocatoria de dicho concurso (resolución de fecha 7-12-94) se convocaban plazas de auxiliar administrativo grupo D sin identificar el puesto o puestos concretos. SEPTIMO.- La actora presentó Reclamación Prevía el 9-4-02, desestimada mediante Resolución de fecha 5-6-02 del Director General para los Recursos...

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