STSJ Cataluña , 29 de Mayo de 2002

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2002:6951
Número de Recurso2420/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 2.420 de 1.998 Partes: "Formigons Vilanova, SL" contra el Ayuntamiento de Ódena SENTENCIA N° 503 Ilmos. Sres.

Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de mayo de dos mil dos. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Formigons Vilanova, SL", representada y defendida por el Letrado Sr. Font Gabarró, contra el Ayuntamiento de Ódena, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sales Comas y defendido por el Letrado Sr. Subirachs Martínez, en relación con obras, siendo la cuantía del recurso notoriamente inferior a 3.000.000 pesetas, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

Segundo

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 27 de mayo de 2.002.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Ódena de 2 de julio de 1.998, denegando a la actora licencia municipal de obras para la legalización de una valla realizada sin licencia municipal en una finca sita al lado de la Avinguda Montserrat, s/n, habiéndose ampliado a nueva resolución del Pleno Municipal de 2 de marzo de 1.999, ordenando la demolición de las obras de vallado de una parte del terreno.

Segundo

Para una más adecuada comprensión de los términos del debate se estima conveniente el establecer una somera relación de los hechos que han resultado acreditados en autos, bien por la específica actividad probatoria practicada al efecto, bien por constatarse ya en el mismo expediente administrativo, a saber: a) el 12 de enero de 1.998 informaron los servicios municipales sobre la realización sin licencia municipal de unas obras consistentes en el cierre de un trozo de terreno de unos 800 metros cuadrados con un vallado de tela metálica en el interior de la finca referida, sita en suelo clasificado de urbanizable programado; b) requerida la actora para la legalización de tales obras, presentó finalmente el 12 de mayo un escrito, acompañado de un croquis del terreno, en el que acababa solicitando licencia municipal para la valla preexistente y para otra nueva que proyectaba realizar, ésa...

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