STSJ Cataluña , 28 de Febrero de 2002

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2002:2722
Número de Recurso2282/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n ° 2282/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 2282/1998 SENTENCIA n° 218 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Dª Mª Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs Barcelona, a veintiocho de febrero del año dos mil dos. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre urbanismo disciplina, seguido entre partes: como parte demandante, SA. DE TENENCIA Y GESTION INMOBILIARIA, representada por el Procurador/a D/Dª ANTONIO ANZIZU FUREST; como parte demandada, el Ayuntamiento de Barcelona, representada por el Procurador/a D/Dª RAMON FEIXO BERGADA.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Resolución del Ayuntamiento de Barcelona de 14-5-1998 por la que se desestima el recurso de alzada formulado por SA. DE TENENCIA Y GESTION INMOBILIARIA contra resolución del Regidor de Distrito de Nou Barris de 18-2-1998 que le ordenaba la realización de obras de rehabilitación de una fachada a causa del mal estado de conservación de la misma así como el saneamiento por desprendimientos en las cornisas y ventanas de la finca de la calle Montsant 32.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día...

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