STSJ Comunidad de Madrid , 10 de Diciembre de 2002

PonenteJOSEFINA TRIGUERO AGUDO
ECLIES:TSJM:2002:17324
Número de Recurso2486/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 2 (P° GENERAL MARTINEZ CAMPOS N° 27)

NIG: 28079 4 0002497 /2002, MODELO: 40225 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 2486 /2002 /T/

Materia: DESPIDO DISCIPLINARIO Recurrente/s: Alfredo y SERVICIOS ESPECIALES SA. Recurrido/s: SERVICIOS ESPECIALES SA SERVISA Y Alfredo JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 31 de MADRID DEMANDA 676/2001 Sentencia número: 818/2002 Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN Presidente JOSEFINA TRIGUERO AGUDO ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ En MADRID, a diez de Diciembre de dos mil dos, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado el siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 2486/2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. IGNACIO BARRIONUEVO SOLER en nombre y representación de DON Alfredo , y por el Letrado DON ANDRÉS ROSELLO DOMENECH en nombre y representación de SERVICIOS ESPECIALES, SA. contra la sentencia de fecha 28 de Diciembre de dos mil uno, dictada por JDO. DE LO SOCIAL n° 31 de MADRID en sus autos número DEMANDA 676/2001, seguidos a instancia de Alfredo frente a SERVICIOS ESPECIALES SA SERVISA, OCASO SA, CREDITER SA, ASEGURADORA UNIVERSAL SA, en reclamación por DESPIDO DISCIPLINARIO, siendo Magistrado-Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. D/Dª. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:.

  1. - DON Alfredo trabajó para la empresa SERVICIOS ESPECIALES, SA (SERVISA) con antigüedad de 1-01-1.966, ostentando actualmente la categoría profesional de DIRECCION003 de Desarrollo y Mantenimiento y percibiendo un salario de 17.394.835 pesetas anuales con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias y la media de incentivos.

    El demandante fue contratado inicialmente por OCASO, SA, subrogándose SERVISA en su contrato de trabajo desde el 1-01-1.987.

    En aquel momento se le nombró DIRECCION003 de la Delegación de Málaga de dicha mercantil, reconociéndosele formalmente en la nómina la categoría profesional de jefe de sección.

    No obstante, el demandante fue encargado de supervisar, bajo las ordenes exclusivas de don Serafin , consejero delegado de la empresa, el buen funcionamiento en el aspecto técnico comercial de todas las delegaciones de la empresa, situadas entonces en Valencia, Sevilla, Murcia y Mérida.

    El 17-06-1.988 se le otorgaron amplios poderes notariales, que obran en Autos y se tienen por reproducidos, si bien en el apartado segundo se le otorgó la facultad siguiente:

    Inspeccionar las Delegaciones, sus servicios y dependencias, cuidando de su buena marcha y funcionamiento y tomando las medidas necesarias para evitar deficiencias, gastos inútiles, daños y perjuicios.

    El 12-11-1.990 se le otorgaron nuevos poderes, más amplios que los anteriores, que obran en autos y se tienen por reproducidos, reproduciéndose la cláusula segunda, que se transcribió más arriba, habiéndose mantenido vigentes hasta su revocación el 5-03-2.001.

    El 16-12-1.992 fue nombrado miembro del Consejo de Administración de SERVISA.

    El 31-07-1.996 se le otorgaron poderes amplísimos, que obran en autos y se tienen por reproducidos, habilitando su utilización solidaria e indistinta con don Alvaro , a quien también se concedieron los mismos poderes, revocándose los poderes del actor el 5-03-2.001.

    En el año 1.997 la empresa demandada adquiere nuevos locales en la calle Santa Cruz de marcenado de Madrid, trasladándose al demandante.

    En el mes de marzo de 1.998 aparece por vez primera en nómina la categoría de DIRECCION004 , si bien el demandante venía ejerciendo dicha función de hecho desde el 1-01-1.987, habiéndose ocupado de la dirección global de la empresa, bajo la dependencia del señor Serafin , ya que el Consejo de Administración delegó en ambos la gestión directa del negocio.

  2. - Las ventas, realizadas por SERVISA en el año 1990, ascendieron a 511.196.824 pesetas.

    En el año 2000 ascendieron a 3.612.068.249 pesetas.

  3. - El 1-09-1.998 se aprobó el manual de organización y procedimiento de la empresa demandada, que obra en autos y se tiene por reproducido.

    En dicho manual se acordó, que las auditorías deberían procurar comprobar el buen funcionamiento administrativo de las correspondientes delegaciones.

  4. - En el año 1998 se nombró DIRECCION000 del Consejo de Administración a don Bartolomé , esposo de la accionista mayoritaria de SERVISA.

  5. - El 30-01-2.001 la empresa demandada notificó al actor la carta siguiente:

    Muy Sr nuestro:

    De conformidad con las conversaciones mantenidas con Vd., le comunicamos que, con efectos del día 1 de Febrero de 2001 desempeñará Vd las funciones de DIRECCION003 de Desarrollo y Mantenimiento de SERVICIOS ESPECIALES, S. A., con las siguientes condiciones:

    Salario Bruto Anual: 15.850.000 Ptas Mucho le agradeceremos que, en prueba de conformidad se sirva firmar copia de la presente comunicación.

    6 °.- El 19-02-2.001 se convocó el Consejo de Administración de la empresa demandada con el orden del día siguiente:

    "1.- Nombramiento de DIRECCION000 Ejecutivo.

    2.- Dimisiones en el Consejo, cambios de cargos directivos en la Sociedad y revocación de poderes.

    3.- Ruegos y preguntas.

    4.- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión. "

  6. - El 20-02-2.001 se produjo la reunión del Consejo de Administración de SERVISA, levantándose un acta, que obra en autos y se tiene por reproducida.

    En dicha reunión se confirmó el cese del demandante como DIRECCION004 , aunque en el acta se recoge expresamente que dimitió de dicho cargo, no produciéndose efectivamente dicha dimisión, a diferencia de su dimisión como miembro del Consejo El señor Serafin presentó, así mismo, su dimisión como Consejero Delegado, nombrándosele DIRECCION001 , si bien excluyéndose las funciones de control y decisión sobre compras, suministros y relación con los proveedores, encomendándose dichas funciones al señor Bartolomé .

    Las razones formales, que motivaron las dimisiones del señor Serafin y del propio demandante fue un informe sobre seguridad de las instalaciones de la empresa.

    Posteriormente el señor Serafin dimitió del cargo antes dicho, pasando a depender de OCASO, SA, donde extinguió posteriormente su relación laboral, previo abono de una indemnización, que se pactó entre las partes.

  7. - En el nuevo organigrama, publicado por la empresa demandada el 25-04-2.001, el demandante aparece dependiente de don Jose Ramón , DIRECCION002 general de gestión, quien fue su adjunto hasta su desposesión como DIRECCION004 .

  8. - La empresa demandada descubrió en el cajón de la mesa del demandante en presencia de éste una carta, suscrita por don Roberto , antiguo empleado de SERVISA, que fue despedido de la misma.

    Dicha carta se envió al demandante y al señor Serafin , denunciándose graves irregularidades del delegado de Murcia.

    El actor comentó los hechos con el señor Serafin , concluyendo que el señor Roberto no tenía demasiada credibilidad., pese a lo cual el señor Serafin le pidió que se dirigiera a la asesoría jurídica para que se calculara el importe de la indemnización del despido de dicho delegado, lo que se hizo efectivamente, no habiéndose tomado ninguna medida desde entonces.

    La auditoría, realizada en la delegación de Murcia el 11-05-2.001, reveló que se habían producido las irregularidades siguientes:

    "Cobro indebido de comisiones de un proveedor de coronas de flores de dicha Delegación por parte de su delegado.

    Establecimiento de un procedimiento irregular por parte del delegado orientado a la obtención de cantidades satisfechas por los familiares de los fallecidos por el suministro de coronas adicionales.

    Apropiación indebida de cantidades por parte del delegado procedentes de la cesión de vehículos fúnebres a otras funerarias.

    Utilización por parte del Delegado de los medios humanos y materiales de Servisa para asuntos particulares.

    Amenazas e insultos del Delegado a los empleados de Servisa.

    Apropiaciones por parte del Delegado de cantidades justificadas por desplazamientos no realizados.

    Apropiación indebida por parte del Delegado procedente de una indemnización no pagada a un empleado y cantidades justificadas y no pagadas a celadores.

    Concesión de préstamos por parte del Delegado a colaboradores de los fondos de Servisa.

    Pagos por comisiones por cantidades inferiores a las justificadas contablemente. "

    La empresa demandada decidió despedir, al delegado de Murcia, habiéndose declarado la procedencia del despido por sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia de 26-06- 2.001.

  9. - En el año 1999 SERVISA adquirió el 51 % de las participaciones sociales de POMPAS FÚNEBRES ANDORRANAS, SL. Dicha decisión vino determinada por los informes, realizados por don Julián , partícipe de dicha mercantil, quien sostenía que las expectativas de beneficios ascenderían al 60 °s de las ventas.

    En el...

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