STSJ Cataluña , 20 de Marzo de 2003

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJCAT:2003:3762
Número de Recurso4066/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4066/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL mp ILMO. SR. D. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER En Barcelona a 20 de marzo de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1941/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por Lorenzo frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº18 Barcelona de fecha 25-2-02 dictada en el procedimiento nº 464/2001 y siendo recurrido INSS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-6-01 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 25-2-02 que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Lorenzo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, absolviendo a la entidad demandada de los pedimentos formulados".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.-El actor, D. Lorenzo , nacido el 21-3-1966, con DNI nº NUM000 , se halla afiliado a la Seguridad

Social con el nº NUM001 .

  1. -La profesión habitual del actor es la Camarero.

  2. -En fecha 1 de febrero de 2.001 el actor formuló solicitud de prestación de incapacidad permanente ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, esta entidad dictó resolución en fecha 4-4-2001, en la que se acordaba no haber lugar a declarar al actor en grado alguno de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común y denegar el derecho a las prestaciones económicas por no reunir el requisito de incapacidad permanente ni el período mínimo de cotización reglamentario, indicando en dicha resolución que el actor no se encuentra en situación de alta ni asimilada a la de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.

  3. -Formulada reclamación previa por el actor, la misma fue desestimada por resolución de 12-6- 2001.

  4. -El actor acredita 2.952 días de cotización a lo largo de toda su vida laboral, de los cuales 1.095 días están comprendidos dentro de los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

  5. -El actor ha permanecido de alta en el sistema de la Seguridad Social en los periodos en que se detallan en el informe de vida laboral que consta en el expediente administrativo, y cuyo contendio se tiene aquí por reproducido, causando baja el 19-12-1.998.

  6. -El actor permanece inscrito como demandante de empleo desde el 12 de diciembre de 2.000, según certificación expedida por la Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya.

  7. -La base reguladora es de 72.009 pesetas mensuales (432,78 euros),y la fecha de efectos de 1-2-2.000; hechos no discutidos por las partes.

  8. -La UVAMI emitió dictamen en fecha 16-3-2.001.

  9. -El actor padece las siguientes lesiones:-Intervenido de hernia discal lumbar en 1.996.- Secuelas de politraumatismo, fractura de cadera izquierda y codo izquierdo, con funcionalismo conservado.-Trastorno delirante de tipo somático, que precisó ingreso en el mes de septiembre de 2.000 y que fue diagnosticado con motivo de dicho ingreso.Actitud reinvindicativa, con peregrinaje médico, que le ocupa todo su tiempo y pensamiento.No conciencia de enfermedad y rechazo del tratamiento".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por el demandante que pretendía ser declarado en situación de incapacidad permanente absoluta o subsidiariamente en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual por entender que el actor no se encontraba en situación de alta o asimilada al alta en el momento del hecho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR