STSJ Murcia , 17 de Septiembre de 2003

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2003:1929
Número de Recurso926/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Social

5 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 1.075/2003 ROLLO Nº: RSU 926/2003 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a diecisiete de septiembre del dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSE LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., contra la sentencia del JUZGADO DE LO SOCIAL N. 5 de MURCIA de fecha 6 de mayo del 2003, dictada en proceso número 1008/02, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Donato frente BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., MINISTERIO FISCAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "PRIMERO.- El demandante D. Donato , con D.N.I. n°

NUM000 , domiciliado en Murcia, presta sus servicios laborales para el actual Banco Santander-Central-Hispano, con una antigüedad desde el día 12 de abril de 1967, con la categoría de Técnico Nivel 7, y con una retribución económica según convenio.

SEGUNDO

Con anterioridad a la fusión operada en el año 1999 de los Bancos Santander y Central Hispano, el Sr. Donato prestó sus servicios para el Banco Central Hispano S.A., en la oficina principal situada en la Plaza de la Fuensanta de Murcia, en la que ejercía el cargo de Interventor-Cajero y con poderes de representación de dicha entidad bancaria.

TERCERO

Producida la fusión de los bancos referidos, le fueron otorgados nuevos poderes de representación, y además se le hizo por parte de la Dirección de la nueva entidad bancaria producida por consecuencia de la fusión una oferta de jubilación anticipada, a lo que el Sr. Donato se negó. CUARTO.- El día 25 de mayo de 2001 fue desplazado a la oficina del Banco Español de Crédito, perteneciente al Grupo Santander-Central-Hispano, situada en la Avd. de La Libertad de Murcia sin que recibiera notificación o explicación alguna, pasando nuevamente por orden verbal en el mes de julio nuevamente a la Plaza de la Fuensanta hasta el mes de agosto; mes en que fue trasladado a la oficina del barrio de Vistalegre en donde permaneció una semana, al ser a continuación trasladado a la oficina de la Plaza de San Pedro de Murcia para sustituir a un trabajador que disfrutaba vacaciones, pasando a la oficina de El Palmar un sólo día. Y por último volviendo el día 1 de septiembre de 2001 a la Agencia Urbana en donde actualmente continúa.

(Probado con los testigos que declararon en juicio). QUINTO.- Los referidos cambios fueron realizados sin recibir justificación alguna ni él ni el comité de empresa ni algún representante de los trabajadores por parte de la dirección del banco. SEXTO.- Dichos cambios han supuesto que, aunque se le ha mantenido en nómina la categoría reconocida, se haya visto perjudicado en sus retribuciones con pérdida de los complementos salariales de valoración por Atención y Plus de Transparencia de Responsabilidad Administrativa. También desde el mes de...

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