STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Marzo de 2003

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2003:5104
Número de Recurso2330/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Ltda. Sr Callejo Clemente Adel E. Ltdo. Sra. Almagro Morcillo TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª (APOYO N° 3)

RECURSO N° 2330 del año 1998 PONENTE SR. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N°457 Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Ramón Verón Olarte En Madrid a veintiocho de marzo del año dos mil tres.

Visto el recurso n° 2330 de 1998 interpuesto por El Letrado Sr. Callejo Clemente, en representación de Dª. Concepción , Dª. Flor y Dª. Luz , Dª. Soledad y Dª. Begoña , D. Simón , D. Jose Enrique y Dª.

Encarna , contra el acuerdo de 22 de julio de 1998, dictado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid, por el que se determina el justo precio de los bienes y derechos afectados por la expropiación del expediente n° 5.650/98, habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y la Comunidad de Madrid representada por la Letrada Sra. Almagro Morcillo.

La cuantía del recurso es de 322.066.750 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 28 de octubre de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, y se declare como justo precio el de 322.066.750 pesetas, incluido el premio de afección, más los intereses legales..

SEGUNDO

La representación procesal de las partes demandadas contestaron a la demanda mediante escritos en los que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 17 de febrero de 2003, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso el acuerdo de 22 de julio de 1998, del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid, recaido en el expediente n° 5.650/98 que fija el justiprecio de la finca n° NUM000 del Proyecto "Mejora de la Carretera M-119 Tramo: A-2 a límite de Provincia", expropiada por la...

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