STSJ Comunidad de Madrid , 25 de Febrero de 2003

PonenteJOSEFINA TRIGUERO AGUDO
ECLIES:TSJM:2003:3030
Número de Recurso5445/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

R° N° 5445/2002 P SECCIÓN SEGUNDA Ilma. Sra. Dª VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN Presidente Ilma. Sra. Dª JOSEFINA TRIGUERO AGUDO Ilma. Sra. Dª Mª ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por las Ilmas. Sras.

citadas al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA N° 162/2003 En el recurso de suplicación núm. 5445/2002 Secc. 2ª interpuesto por el letrado D. Oscar Torres Valverde en nombre y representación de Soledad frente al Auto de fecha quince de febrero de 2002 dictado por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Madrid en autos núm. 586/00 Ejecución 37/2001 seguidos a instancia de Soledad contra la mercantil COLMEDIC, SL. en reclamación por despido ha actuado como Ponente la Iltma. Sra. Magistrada- Juez Dña. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha quince de febrero de dos mil dos se dictó Auto por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Madrid en cuya parte dispositiva se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra el auto de fecha 10 de enero de dos mil dos que se mantenía en todos sus términos.

SEGUNDO

En el mencionado Auto de fecha quince de febrero de dos mil dos constaban los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Que en las presentes actuaciones se dictó auto despachando ejecución en fecha 8-3-01 rectificado por resolución de fecha 22-3-01 por un total de 5.097.392 pts de indemnización, mas 876.960 pts de salarios de tramitación, mas 300.000 pts para costas.

  1. - Que en fecha 20-9-01 se presentó en este Juzgado escrito por Mª del Carmen Bucho González, parte actora en el procedimiento que se sigue en el juzgado social n° 5 de esta ciudad con el n° 536/00, ejec. 168/00, interesando la acumulación de los autos de este Juzgado a los anteriores en base a los hechos que expone en su escrito, dictándose diligencia de ordenación este Juzgado en fecha 21-9-01 acordándose que la acumulación debía de interesarla en el juzgado social n° 5, Juzgado que primero despachó la ejecución.

  2. - Que por auto de fecha 14-11-01 el juzgado social n° 5 acordó acumular la presente ejecución a los autos de su Juzgado y este juzgado dicta en consecuencia otro auto de fecha 10- 01-02 estimando procedente la acumulación acordando la remisión de la ejecución 37/01 (autos 586/00) al Juzgado social n°

    5 (autos 536/00, ejec. 168/00).

  3. - Que una vez notificada a las partes, la parte actora en la presente ejecución interpuso Recurso de Reposición contra el auto de fecha 10-01-02 en base a las alegaciones que consta en su escrito del que se dio traslado a la contraparte.

TERCERO

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