STSJ Navarra , 8 de Octubre de 2004

PonenteJOAQUIN MARIA MIQUELEIZ BRONTE
ECLIES:TSJNA:2004:1309
Número de Recurso545/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 981/2004 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona/ Iruña, a 8 de octubre de 2004 Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000545/2003 contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto frente a la de 4-10-02 del Capitán Jefe del Subsector desestimatoria de la solicitud sobre el abono de los gastos de desplazamiento desde el domicilio hasta el lugar de trabajo, Cuartel de Tudela. ssiendo en ello partes: como recurrente D. Cosme quien como funcionario asume su propia representación procesal; y como demandado/a LA ADMINISTRACION DEL ESTADO representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13-5-2003 la parte actora interpuso el presente recurso Contencioso administrativo contra la resolución ya expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Tramitados los autos conforme a las normas legales y practicada la prueba solicitada por las partes con el resultado obrante en autos, se declararon los autos conclusos señalándose para votación y fallo el día 5 de octubre de 2004 a las 10'45 horas. .

TERCERO

Es Ponente el Iltmo. Presidente de la Sala D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de las alegaciones hechas por las partes, expediente administrativo remitido y pruebas practicadas en estos autos se desprenden, a juicio de la Sala, los siguientes hechos probados, básicos para la resolución de las pretensiones ejercitadas por las partes: El hoy actor se halla destinado en el Destacamento de Tráfico de Tudela, sito en la N-121-C (Tudela- Tarazona), y prácticamente todos los días ha de acudir al referido destacamento para prestar servicio de su especialidad en Tráfico.

El actor tiene su domicilio en Tudela, Municipio donde radica su destino.

El referido destacamento se encuentra en dicha carretera nacional, término municipal de Cascante

(Navarra), no existiendo edificación o lugar para habitar en el mismo. La población más cercana al referido Destacamento es Tudela, no existiendo ni autobús de línea regular ni vehículo oficial que se desplace realizando dicho recorrido desde Tudela hasta el referido Destacamento y viceversa. La distancia desde Tudela al lugar donde se encuentra el Destacamento es de unos 5'5 km. Dicho desplazamiento supone un gasto adicional para el recurrente, ya que tiene que recorrer, cada vez que ejecuta su servicio, una distancia mínima de 10 kilómetros, entre ida y vuelta.

Con fecha 23 de julio de 2002 el actor cursó instancia por la que interesaba que desde ese momento se autorizara, y por lo tanto se le abonara el resarcimiento de los gastos de desplazamiento en vehículo particular que debía realizar desde su domicilio en Tudela (en un pabellón del Cuartel de la Guardia Civil)

hasta el centro de trabajo sito en kilómetro 4 de la N-121-C.

Dicha instancia fue desestimada por resolución de fecha 4 de octubre de 2002. Frente a dicha resolución interpone el presente recurso contencioso-administrativo.

SEGUNDO

A la vista de tales hechos es preciso dar respuesta a la pretensión ejercitada por la parte actora y...

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