STSJ Asturias , 13 de Febrero de 2004

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2004:844
Número de Recurso1602/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0106143 /2003, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001602/2003 MATERIA: INCAPACIDAD PERMANENTE RECURRENTE/s: Jesús María RECURRIDO/s: INSS, TGSS, AUTOMOVILES LUARCA, SA ALSA, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 005 de OVIEDO DEMANDA 0000005/2003 Sentencia número: 568/2004 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ En OVIEDO a trece de Febrero de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el articulo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0001602/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. INDALECIO TALAVERA SALOMON, en nombre y representación de Jesús María , contra la sentencia de fecha diecisiete de febrero de dos mil tres, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 005 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000005/2003, seguidos a instancia de Jesús María frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, AUTOMOVILES LUARCA, SA ALSA, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO COMUNIDAD, en reclamación de Modificación Contingencia IT., siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diecisiete de febrero de dos mil tres por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante, D. Jesús María , nacido el 1 de julio de 1956, figura afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 , dentro del Régimen General, siendo su profesión habitual la de Conductor Perceptor.

    Viene prestando servicios para la empresa AUTOMOVILES LUARCA, SA. (ALSA) LA CUAL TIENE CUBIERTO EL RIESGO DE ACCIDENTE DE TRABAJO CON LA Mutua Patronal Mutua Gallega.

  2. - El día 13 de noviembre de 2001 sufrió un accidente de trabajo al abrir un portón del autocar causando baja laboral pro accidente de trabajo el 15 de noviembre de 2001 con el diagnostico de "Dorso lumbalgia". Es dado de alta por mejoría que permite realizar su trabajo habitual el 4 de enero de 23002. En dicha fecha el actor no presentaba contractura muscular refiriendo dolor a la palpación paravertebral dorsal.

  3. - El 9 de enero de 2002 el médico de Atención Primaria extiende al actor parte de baja por enfermedad común por dorsalgia.

  4. - Por...

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