STSJ Galicia 859/2005, 2 de Noviembre de 2005

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:4830
Número de Recurso832/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución859/2005
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000832 /2003

EN NOMBRE DEL REY

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado

la

SENTENCIA Nº 859 /2005

ILMOS. SRS.

D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA

Dª. MARÍA DOLORES GALINDO GIL

En la Ciudad de La Coruña, a dos de noviembre de dos mil cinco.

En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000832 /2003 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Romeo, representado por el Procurador D. IGNACIO PARDO DE VERA LÓPEZ y dirigido por el Letrado D. DIEGO BELLON ROMAY, contra DESESTIMACIÓN PRESUNTA CONSELLERIA POLÍTICA AGROALIMENTARIA DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA E DESENVOLVEMENTO RURAL y Carmen, la primera, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA y la segunda, representada por el Procurador DON DOMINGO RODRÍGUEZ SIABA y dirigida por el Letrado DON JAVIER PÉREZ-BATALLÓN ORDOÑEZ. La cuantía del recurso es 535 EUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Por parte de la Xunta de Galicia fue aprobada la concentración parcelaria de la zona de Vilaboa, del Ayuntamiento de A Pontenova, provincia de Lugo, en dicho acuerdo se declaraba como espacio público un terreno del recurrente que carece de naturaleza rústica, contra dicho acuerdo se interpuso recurso que fue desestimando obligando a interponer el presente recurso.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso y conferido igual trámite al procurador Sr. Rodríguez Siaba, evacuó dicho trámite a medio de escrito de oposición en el suplica se dicte sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso, o en otro caso su desestimación, de la inadmisibilidad alegada se confirió traslado a la parte actora.

TERCERO

Recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. DON BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Romeo interpone recurso contencioso administrativo contra la desestimación por silencio administrativo por parte de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia, a recurso extraordinario de revisión formulado, en fecha 13 de enero de 2003, en solicitud de modificación del Acuerdo de Concentración Parcelaria de la Zona de Vilaboa-A Pontenova (Lugo).

SEGUNDO

El actor promueve un recurso administrativo de revisión, fundado en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, afirmando que en el Acuerdo recurrido, por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR