STSJ Galicia 859/2005, 2 de Noviembre de 2005
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:4830 |
Número de Recurso | 832/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 859/2005 |
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000832 /2003
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado
la
SENTENCIA Nº 859 /2005
ILMOS. SRS.
D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA
Dª. MARÍA DOLORES GALINDO GIL
En la Ciudad de La Coruña, a dos de noviembre de dos mil cinco.
En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000832 /2003 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Romeo, representado por el Procurador D. IGNACIO PARDO DE VERA LÓPEZ y dirigido por el Letrado D. DIEGO BELLON ROMAY, contra DESESTIMACIÓN PRESUNTA CONSELLERIA POLÍTICA AGROALIMENTARIA DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN SOBRE MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA E DESENVOLVEMENTO RURAL y Carmen, la primera, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA y la segunda, representada por el Procurador DON DOMINGO RODRÍGUEZ SIABA y dirigida por el Letrado DON JAVIER PÉREZ-BATALLÓN ORDOÑEZ. La cuantía del recurso es 535 EUROS.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Por parte de la Xunta de Galicia fue aprobada la concentración parcelaria de la zona de Vilaboa, del Ayuntamiento de A Pontenova, provincia de Lugo, en dicho acuerdo se declaraba como espacio público un terreno del recurrente que carece de naturaleza rústica, contra dicho acuerdo se interpuso recurso que fue desestimando obligando a interponer el presente recurso.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso y conferido igual trámite al procurador Sr. Rodríguez Siaba, evacuó dicho trámite a medio de escrito de oposición en el suplica se dicte sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso, o en otro caso su desestimación, de la inadmisibilidad alegada se confirió traslado a la parte actora.
Recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Ilmo. Sr. DON BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ.
Don Romeo interpone recurso contencioso administrativo contra la desestimación por silencio administrativo por parte de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia, a recurso extraordinario de revisión formulado, en fecha 13 de enero de 2003, en solicitud de modificación del Acuerdo de Concentración Parcelaria de la Zona de Vilaboa-A Pontenova (Lugo).
El actor promueve un recurso administrativo de revisión, fundado en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, afirmando que en el Acuerdo recurrido, por...
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