STSJ Castilla y León , 8 de Noviembre de 2004

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2004:5523
Número de Recurso1909/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 01909/2004 Rec. Núm.1909/04 Ilmos. Sres.:

D. Juan Antonio Álvarez Anllo Presidente en funciones D. Manuel Mª Benito López D. Lope del Barrio Gutiérrez En Valladolid a ocho de noviembre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1909/04 interpuesto por INSS y TGSS contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 1 de León de fecha 26 de abril de 2004, recaída en autos nº 78/04 , seguidos a virtud de demanda promovida por Luis Enrique contra precitados recurrentes sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 9 de febrero de 2004, se presentó en el Juzgado de lo Social 1 de León demanda formulada por Luis Enrique en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: " PRIMERO.- El demandante, DON Luis Enrique , nacido el día 17 de febrero de 1949 figura al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000 , siendo su profesión habitual la de Jefe de ventas de supermercado.- SEGUNDO.- El día 17 de octubre de 2003 solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social la prestación de invalidez permanente derivada de enfermedad común. Tramitado el expediente administrativo, que obra en autos y se da aquí por reproducido en su integridad, la Entidad Gestora dictó resolución el día 30 de octubre denegándole la prestación solicitada; contra esta resolución formuló el demandante escrito de reclamación previa, la cual resultó desestimada por otra fechada el día 24 de febrero de 2004.- TERCERO.- El demandante presenta: desprendimiento de retina antiguo en el ojo derecho con visión inferior al 10% y disminución de la agudeza visual en el ojo izquierdo (50%); escoliosis, aplastamiento D12, espondiloartrosis dorso-lumbar y cervicoartrosis sin limitación funcional.- CUARTO.- La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 1.617´15 euros mensuales.- QUINTO.- El demandante acredita 9.739 días cotizados con anterioridad a la solicitud.- SEXTO.- El demandante ha permanecido en situación de desempleo en el periodo de 1 de septiembre de 2002 a 30 de octubre de 2003".

Tercero

Interpuesto...

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