STSJ Castilla y León , 11 de Octubre de 2004

PonenteMARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
ECLIES:TSJCL:2004:5002
Número de Recurso1584/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 01584/2004 Rec. Núm 1584/04 Ilmos. Sres.

Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. José María Ramos Aguado D. Emilio Alvarez Anllo / En Valladolid, a once de Octubre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1584 de 2.004, interpuesto por Juan Luis contra sentencia del Juzgado de lo Social DOS DE SALAMANCA (Autos 221/04) de fecha 6 DE MAYO DE 2004 dictada en virtud de demanda promovida por Juan Luis contra CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL DUERO, sobre DERECHO Y CANTIDAD, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Luisa Segoviano Astaburuaga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17 de marzo de 2004 se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca Dos demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"3PRIMERO.- D. Juan Luis , demandante en esta litis, presta servicios para la Confederación Hidrográfica del Duero, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, en régimen de contrato de trabajo, con categoría profesional de ordenanza (Grupo Profesional 7 del Convenio Ünico para el personal laboral de la Administración General del Estado), categoría esa a la que quedó adscrito el trabajador desde el 1 de Junio de 2001.

SEGUNDO

Hasta la fecha acabada de indicar, D. Juan Luis detentó la categoría de oficial de mantenimiento y oficios (Grupo Profesional 5).

TERCERO

Con alegación y acreditación de una situación de disminución de su capacidad de trabajo para el desempeño de los cometidos propios de la categoría acabada de significar, en 27 de Noviembre de 2000 el promotor de esta litis solicitó con fundamento en lo establecido en el artículo 66 del Convenio Único la aplicación de la movilidad allí establecida, con traslado a la Oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en Salamanca.

CUARTO

Mediante resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente de 3 de Mayo de 2001, se autorizó la instada movilidad, adscribiendo al Sr. Juan Luis a la categoría señalada en el primero de los ordinales de este relato.

QUINTO

Por mor de la demanda rectora de autos, reclama su suscriptor la cantidad de 2297'06 euros, correspondientes a diferencias entre las retribuciones básicas lucradas y las tenidas como debidas -las atinentes al Grupo 5 de los de clasificación- y en relación con el periodo que transita entre Junio de 2002 y Diciembre de 2003.

SEXTO

Mediante sentencia de este mismo Juzgado de 19 de Noviembre de 2003 se desestimaba idéntica reclamación de cantidad a la que es objeto de estos autos, reclamación aquella que se proyectaba sobre el periodo comprendido entre Julio de 2002 y Junio de 2003.

SÉPTIMO

Se cumplimentó el trámite de la reclamación previa."

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por el actor, fue impugnado por el demandado. Elevados los autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda formulada por Juan Luis contra la Confederación Hidrográfica del Duero en reclamación de cantidad y, frente a la misma, se interpone recurso de Suplicación por...

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