STSJ País Vasco , 13 de Julio de 2004

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2004:1160
Número de Recurso1045/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Despidos y extinción de contrato SENT RECURSO Nº: 1.045/04 N.I.G. 00.01.4-04/000422 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 13 de Julio de 2004.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dña. MARIA JOSE MUÑOZ HURTADO, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Lidia contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Guipúzcoa, de fecha treinta de Enero de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre DESPIDO (DSP), y entablado por Lidia frente a Cornelio y Verónica .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º.-) Dª Lidia venía prestando sus servicios como empleada de hogar para el matrimonio formado por D. Cornelio y Dª Verónica , en el domicilio que éste tiene en la PLAZA000 número NUM000 , NUM001 NUM002 , de la localidad de Donostia, desde el 1 de Septiembre de 1991, percibiendo un salario mensual de 488'80 euros, incluidas las prorratas de las pagas extraordinarias.

2º.-) El 8 de Octubre de 2003 Dª Lidia y Dª Verónica se encontraban en la cocina del domicilio familiar, y la primera dijo a la segunda que su marido, D. Cornelio , le acosaba sexualmente, le realizaba propuestas sexuales, y utilizada el domicilio familiar para traer a otras mujeres en su ausencia.

3º.-) Tras escuchar a Dª Lidia , Dª Verónica abandonó la cocina muy confundida y se dirigió a la sala en la que se encontraban dos hijos del matrimonio, D. Cornelio y Dª María Consuelo , a quienes contó lo que le había dicho Dª Lidia .

Los hijos del matrimonio tras escuchar a su madre se dirigieron a la cocina, en la que se encontraba Dª Lidia , y le pidieron explicaciones sobre lo que había dicho a su madre, y ésta volvió a decirles a ellos lo que antes había dicho a su madre.

4º.-) El 9 de Octubre de 2003, D. Cornelio y Dª María Consuelo se entrevistaron con Dª Lidia en el salón de la casa, y ésta volvió a ratificarse en lo que les había dicho el día anterior, tanto a ellos como a su madre, Dª Verónica .

5º.-) El 6 de Noviembre de 2003 la Notario de Donostia Dª Guadalupe María Inmaculada Adanez García, entregó un requerimiento en su domicilio a Dª Lidia , en el que D. Cornelio le requería para que en el plazo de veinticuatro horas entregara en la Notaría las llaves del domicilio del matrimonio Cornelio - Verónica .

Una copia de este requerimiento obra unida a las actuaciones, dándsoe aquí por reproducida.

6º.-) Dª Lidia cumplió dicho requerimiento y el 7 de Noviembre de 2003 entregó las llaves del domicilio del matrimonio Cornelio - Verónica en el despacho de la Notario Dª Guadalupe María Inmaculada Adanez García, y desde entonces no ha vuelto a prestar sus servicios para dicho matrimonio.

7º.-) Como consecuencia de estos hechos D. Cornelio , interpuso una querella criminal contra Dª Lidia , que en el momento de celebrarse el acto de la vista oral se estaba tramitando ante el Juzgado de Instrucción número Dos de los de Donostia.

8º.-) En la actualidad D. Cornelio vive en el domicilio de la PLAZA000 , número NUM000 , NUM001 NUM002 , de la localidad de Donostia, y Dª Verónica en otra vivienda del matrimonio en la localidad de Marbella - Málaga -.

9º.-) Se ha intentado...

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