STSJ País Vasco , 6 de Julio de 2004

PonenteISIDORO ALVAREZ SACRISTAN
ECLIES:TSJPV:2004:1032
Número de Recurso783/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Invalidez-alta médica común SENT RECURSO Nº: 783/04 N.I.G. 00.01.4-04/000317 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 6 de julio de 2004.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Presidente en funciones, D. EMILIO PALOMO BALDA y D. ISIDORO ALVAREZ SACRISTAN, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Esther contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº2 (Donostia) de fecha trece de Enero de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre IAC (PREST. POR ENF. COMUN I.P.T.), y entablado por Esther frente a INSS Y TGSS .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. ISIDORO ALVAREZ SACRISTAN, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1.- La actora, Dª Esther con DNI NUM000 está afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 , y nació el 13-10-1956.Su profesión es la de costurera que ejerce en la empresa manufacturas Infantiles SAL. 2.- En el expediente de invalidez permanente tramitado ante el INSS para valorar una posible incapacidad laboral, se ha dictado resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 4-6-2003, en la que se deniega la declaración de incapacidad permanente por estimar que las lesiones que padece no alcanzan un grado de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad en ningún grado.

Denegada la declaración de incapacidad laboral permanente y desestimada la reclamación previa impugnando dicha resolución en vía previa presenta demanda solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanene total para su profesión de costurera.

  1. - La demandante presenta el siguiente cuadro de lesiones y secuelas:

    Lumbociática derecha tras disectomía L4-L5 con déficit de fuerza e hipoestesia en territorio. Reciente aparición de fibrosis epidural antero lateral derecha sin comprensión de raíz pero que engloba la raíz S1 derecha. Presenta limitación para marchas prolongadas y posturas forzadas de flexión de columna lumbar.

  2. - La base reguladora de la prestación asciende a 1.192,42 euros mensuales y la fecha de efectos sería el 28-3-2003.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que desestimando al demanda interpuesta por Dª Esther , debo declarar y declaro que la actora no está afecta en la actualidad a incapacidad permanente para su profesión habitual por lo que, confirmando la resolución del INSS en tal sentido, se absuelve a dicha Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de a Seguridad Social de las pretensiones deducidas en la demanda.

T...

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