STSJ La Rioja , 5 de Abril de 2004

PonenteJESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS
ECLIES:TSJLR:2004:284
Número de Recurso771/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

En la ciudad de Logroño a cinco de abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Contencioso -Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los magistrados Ilmos Srs. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y Dª Elena Crespo Arce, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, la siguiente:

SENTENCIA Nº 195 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso -administrativo sustanciado en esta sala bajo el número 771/2002 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de HOSTALER I S.L.,representada por su procuradora Dª. María Luisa Marco Ciria y asistida por su letrado D. David del Pozo Ibáñez, siendo demandado el TRIBUNAL ECONÓMICO -ADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA, representado y defendido por el Abogado del Estado, recurso cuya cuantía se cifró en 3.812.922,50 .

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el día 10 de diciembre de 2002 se interpuso, ante esta sala y a nombre de HOSTALER I S.L., recurso contencioso -administrativo contra Resolución del TEAR de fecha 26 de noviembre de 2002 desestimatoria de reclamación 640/2002.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que fomulara la demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el día 2 de abril de 2003, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente:"SUPLICO . 1°.- Declare no ajustada a Derecho y, en consecuencia, revoque y anule la Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja con fecha 26 de noviembre 2002, en la Pieza Separada de suspensión dimanante de la reclamación económico administrativa n 26/640/02, así como cuantos actos subyacen en la misma y/o se hayan dictado en su ejecución, declarando la suspensión de la ejecutividad de la Resolución de 17 de julio de 2002 dictada por la Ilma. Sra. JEFE DE LA DEPENDENCIA DE RECAUDACION de la Delegación Especial de La Rioja de la Agencia Tributaria, por la que se desestima el recurso de reposición previo, identificado con el n R-334/02, interpuesto en su día contra la Providencia de Apremio de 13 de junio de 2002, dirigida contra la mercantil Faustino Rivero Ulecia, S.A. (C.I.F. n 'A-26017343) de la que es sucesora mi representada como consecuencia de la escisión operada en aquella, por el concepto de: MULTAS Y SANCIONES GUBERNATIVAS (2001 MULTA ART. 51.1.6 D.O.C. RIOJA EXPTE 3448), Clave de Liquidación n M2100102260002505, por importe total de 3.812.922,50.-euros, incluidos principal y recargo de apremio, y se acepten las garantías ofertadas por esta parte concretadas en los hechos de esta demanda y, en consecuencia, se conceda a esta parte un lazo prudencial a fin de proceder formal y legalmente a su constitución.2°.- Se condene a la Administración demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones ".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la prueba practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, tras lo cual se señaló, para votación y fallo del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 11 de Mayo de 2007
    • España
    • 11 Mayo 2007
    ...5 de abril de 2004, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, en el recurso núm. 771/02 interpuesto por Hostaler I, S.L. en el que se impugnaba la resolución de fecha 26 de noviembre del 2002, dictada por el Tribunal Económico Admini......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR