STSJ Cataluña , 3 de Marzo de 2004

PonenteMARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
ECLIES:TSJCAT:2004:2926
Número de Recurso951/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL gg ILMA. SRA. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA ILMO. SR. JORDI AGUSTÍ JULIÀ

ILMA. SRA. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ En Barcelona a 3 de marzo de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 1806/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por D. Mauricio frente a la Sentencia del Juzgado Social 33 Barcelona de fecha 19 de marzo de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 951/2002 y siendo recurridos la MUTUA FIMAC, INSS, TGSS y CRISTALERIAS SABADELL, S.A.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de noviembre de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19 de marzo de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimar la demanda presentada per Mauricio contra Mutua Fimac, Cristalerías Sabadell, S.A., Instituto Nacional de la Seguridad Social i Tesorería General de la Seguridad Social d'invalidesa permanent.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1r.- El demandant Mauricio , de professió vidrier, nascut el dia 18.09.49 i amb DNI num. NUM000 , figura afiliat a la Seguretat Social i per una sentència de data 21.02.92 va ser declarat en situació d'invalidesa permanent en grau de parcial derivada d'un accident de treball, a causa de les següents malalties: "Cicatriz en Z en tercio distal de antebrazo derech en su cara ventral con dolor e hiperestesia en su presión profunda. Cicatriz en borde exterior de eminencia hipotenar con dolor y cicatriz que va desde el borde interno de la eminencia tenar a la interfalángica proximal del tercer dedo por su cara palmar.

Anquilosis en flexión de 90º de la interfalángica proximal del dedo meñique derecho, anquilosis en extensión de la interfalangica distal del meñique derecho, limitación a la flexión de todas las interfalángicas del dedo medio derecho con importante limitación a la flexión del tercer dedo derecho. Importante pérdida de fuerza en la mano derecha aunque conserva la pinza, siendo el actor diestro."

2n.- El dia 12.04.02 va presentar una sol.licitud de revisió per agreujament, que li va ser desestimada per resolució de l'INSS de 01.08.02. Les lesions reconegudes foren: "Lesiones permanentes no invalidantes a nivel del 3º y 5º dedos de la mano derecha".

3r.- Contra aquesta resolució es va interposar una reclamació prèvia, amb què s'exhauria la via administrativa, que va ser desestimada.

4t.- La base reguladora de la prestació és de 12.357,12 euros l'anyper a la...

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