STSJ Murcia 1938, 14 de Enero de 2004

PonenteMANUEL ABADIA VICENTE
ECLIES:TSJMU:2004:1938
Número de Recurso5/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1938
Fecha de Resolución14 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA MURCIA SALA DE LO CIVIL Y PENAL Rollo de apelación de la L.O.T.J. n° 5/2003 Contra: Marcos Excmo. Sr. D. Manuel Abadía Vicente Presidente Iltmos. Sres.

D. Enrique Quiñonero Cervantes D. Manuel Rodríguez Gómez por sustitución reglamentaria Magistrados En Murcia a catorce de enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los tres Magistrados de la misma reseñados al margen, ha pronunciado En nombre del Rey la siguiente:

SENTENCIA : Nº 1/2004 La Sala ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones del orden penal, Rollo 5/2003, procedentes de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, Rollo 4/2002, tramitado conforme al procedimiento de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, presidido por el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Joaquín Hervás Ortiz, el que a su vez dimana del procedimiento de la L.O.T.J. n° 1/00, instruidas por el Juzgado de instrucción n° 6 de Cartagena, por los delitos de homicidio y tenencia ilícita de armas, contra Marcos , en virtud de recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de julio de 2003 del Tribunal del Jurado , habiendo comparecido en esta alzada el apelante Marcos , representado por el Procurador D. Juan Enrique Albacete Llamas y defendido por el Letrado D. Manuel Maza de Ayala; María Inmaculada el hijos (apelados), representados por el Procurador D. José Augusto Hernández Foulquie y defendidos por el Letrado D. Luis Ruiperez Sánchez, habiendo sido parte también el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Que de conformidad con el artículo 52 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado , el objeto del veredicto que el Magistrado-Presidente sometió al Tribunal del Jurado el 30 de jumo de 2003, fue el siguiente:

"A) En relación con la muerte de Jose Manuel (Chato). 1.- Entre las 21,30 horas y las 22,00 horas del día 6 de abril de 2.000, Marcos (alias Santo) disparó, con una pistola, contra Jose Manuel (alias Chato), cuando ambos se encontraban en el domicilio del primero, situado en la CALLE000 n° NUM000 del barrio de Lo Campano de Cartagena (hecho desfavorable).- 2.- Los disparos recibidos por Jose Manuel fueron tres, afectándole el primero al borde superior de la cadera derecha, penetrando el segundo por el costado izquierdo y el tercero por fosa infraclavicular izquierda (hecho desfavorable -7 votos-).- 3.- Los dos últimos disparos efectuados por Marcos causaron la muerte de Jose Manuel como consecuencia de un shock hipovolémico (hecho desfavorable -7 votos-).- 4.- Los disparos efectuados por Marcos contra Jose Manuel se hicieron con ánimo de matar (hecho desfavorable -7 votos-).- 5.- Jose Manuel quedó tendido, sin vida, en el suelo de la cocina del domicilio de Marcos (hecho desfavorable -7 votos-).- 6.- Momentos antes a que Marcos efectuase los disparos contra Jose Manuel , se había producido una discusión entre Marcos , de un lado, y Jose Manuel (Chato) y Luis Enrique (Rata), de otro (hecho desfavorable -7 votos-).- 7.- La discusión estaba relacionada con el precio al que Marcos venía vendiendo cada dosis de cocaína en su domicilio (hecho desfavorable -7 votos-).- 8.- Cuando Jose Manuel (Chato) y Luis Enrique (Rata)

acudieron al domicilio de Marcos (Santo), también se encontraba en dicho domicilio Iván (Nota o Macarra), que era amigo del Santo (hecho favorable -5 votos-).- 9.- Estando en el interior del domicilio de Marcos , Jose Manuel se dirigió a Marcos y le dijo "eres un mamón y te tengo hincha" (hecho favorable -5 votos-).- 10.- Estando en el interior del domicilio de Marcos , Jose Manuel propinó una bofetada a Marcos (hecho favorable -5 votos-).- 11.- Estando en el interior del domicilio de Marcos , Jose Manuel extrajo una pistola de entre sus ropas (hecho favorable -5 votos-).- 12.- Jose Manuel montó la pistola (hecho favorable) -5 votos-).-13.- Jose Manuel apuntó con la pistola a Marcos (hecho favorable -5 votos-).- 14.- A continuación, Jose Manuel se giró y lanzó una patada al Macarra , que no llegó a alcanzar a éste (hecho favorable -5 votos-).- 15.- A la vista de la situación, el Macarra se marchó corriendo del domicilio de Marcos (hecho favorable).- 16.- En el momento de confusión creado por la huida del Macarra , Marcos intentó también huir del domicilio por una puerta existente en la cocina, que da a un patio interior, desde el que, a través de una escalera, podía escapar por las azoteas de las casas colindantes (hecho favorable).- 17.- A Marcos no le dio tiempo a abrir la puerta del patio por la que pretendía escapar, siendo alcanzado por detrás y agarrado por el hombro por Jose Manuel , situándose Jose Manuel detrás de Marcos , al mismo tiempo que le ponía a éste la pistola en la cabeza (hecho favorable).- 18.- Al mismo tiempo que Jose Manuel ponía la pistola en la cabeza a Marcos , dijo a éste "si te mueves te mato" (hecho favorable).- 19.- Al mismo tiempo que Jose Manuel ponía la pistola en la cabeza a Marcos , Luis Enrique (Rata) decía a Jose Manuel (Chato) frases como "mátalo, mátalo" (hecho favorable).- 20.- Estando en la situación descrita en el anterior apartado 17, Marcos , temiendo por su vida y con ánimo defensivo, extrajo una pistola que llevaba en la cintura y, colocándola por debajo de su axila izquierda, efectuó un disparo hacia atrás, a través de la cazadora tipo "plumas" que llevaba puesta, alcanzando este primer disparo a Jose Manuel en su cadera derecha (hecho favorable).- 21.- Tras el primer disparo, efectuado a través de la cazadora, Marcos , temiendo por su vida y con ánimo defensivo efectuó dos disparos más, ya de frente, contra Jose Manuel , que causaron la muerte de éste (hecho favorable).- 22.- Era necesario para defenderse que Marcos realizase el primer disparo contra Jose Manuel (hecho favorable).- 23.- Era necesario para defenderse que Marcos realizase el segundo y el tercer disparo contra Jose Manuel (hecho favorable).- 24.- (Si se hubiese contestado afirmativamente a las preguntas anteriores). La reacción defensiva de Marcos frente a Jose Manuel fue adecuada, proporcionada y no excesiva en atención a las circunstancias (hecho favorable).- 25.- Marcos efectuó el primer disparo contra Jose Manuel porque sintió un intenso miedo que disminuyó notablemente su capacidad par elegir otra alternativa que no fuera la de efectuar dicho disparo (hecho favorable).- 26.- Marcos efectuó el segundo y el tercer disparo contra Jose Manuel porque sintió un intenso miedo que disminuyó notablemente su capacidad para elegir otra alternativa que no fuera la de efectuar dichos disparos (hecho favorable).- 27.- Marcos , cuando todavía no sabía que la Policía y la Guardia Civil le buscaban por la muerte de Jose Manuel , acudió a la Policía o a la Guardia Civil a confesar que había disparado contra Jose Manuel y que había causado la muerte de éste (hecho favorable).- 28.- La confesión efectuada por Marcos a la Policía o a la Guardia Civil fue veraz (hecho favorable)."

"Veredicto sobre la culpabilidad o la no culpabilidad.- 29.- Marcos es culpable/no culpable de haber dado muerte a Jose Manuel , sin que éste tuviera posibilidad de defenderse del ataque que recibió y aprovechándose conscientemente de esa situación de indefensión de la víctima así como de la facilidad que ello suponía (Al menos 7 votos para declarar la culpabilidad y al menos 5 votos para declarar la no culpabilidad).- 30.- Marcos es culpable/no culpable de haber dado muerte a Jose Manuel (Al menos 7 votos par declarar la culpabilidad y al menos 5 votos para declarar la no culpabilidad).- Solo para el caso de que se hubiese declarado la culpabilidad del acusado por alguno de los hechos delictivos que se recogen en los anteriores apartados 29 o 30, el Jurado deberá pronunciarse sobre las siguientes cuestiones: 31.- Si el criterio del Jurado sería favorable a la posibilidad de que en la Sentencia se pidiese al Gobierno el indulto de Marcos (al menos 5 votos en caso afirmativo)." "B) En relación con la muerte de Luis Enrique (Rata).

Veredicto sobre los hechos.- 1.- Entre las 21,30 horas y las 22,00 horas del día 6 de abril de 2.000, Marcos (alias Santo) disparó, con una pistola, contra Luis Enrique (alias Rata), cuando ambos se encontraban en el domicilio del primero, situado en la CALLE000 n° NUM000 del barrio de Lo Campano de Cartagena (hecho desfavorable -7 votos-).-2.- Los disparos recibidos por Luis Enrique fueron cinco (hecho desfavorable -7 votos-).- 3.- Los dos primeros disparos recibidos por Luis Enrique afectaron a la cara anterior del antebrazo izquierdo y al dedo índice de la mano izquierda (hecho desfavorable -7 votos-).- 4.- El tercer y cuarto disparos fueron recibidos por Luis Enrique en el costado derecho, penetrando la bala de uno de ellos por dicho costado y saliendo por el costado izquierdo, y produciendo la bala del otro una rozadura en la espalda por encima del glúteo derecho (hecho desfavorable -7 votos-).- 5.- El quinto disparo lo recibió Luis Enrique en el centro de la espalda (hecho desfavorable -7 votos-).- 6.- El disparo que causó la muerte de Luis Enrique , por shock hemorrágico, fue el que le entró por el costado derecho y le salió por el izquierdo (hecho desfavorable -7 votos-).- 7-. Los disparos efectuados por Marcos contra Luis Enrique se hicieron con ánimo de matar (hecho desfavorable -7 votos-).- 8.- Tras recibir los dos primeros disparos en antebrazo y mano izquierdos, Luis Enrique intentó huir por la puerta principal del domicilio de Marcos , recibiendo durante esa huida los tres últimos disparos (hecho desfavorable -7 votos-).- 9.- Tras recibir los cinco disparos, Luis Enrique cayó...

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