STSJ Canarias , 1 de Abril de 2004

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2004:1430
Número de Recurso123/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS .- SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS GC).- SECCION SEGUNDA.- Rollo de apelación nº 123/03.- Procedencia: Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº Dos de los de Las Palmas de Gran Canaria (Ref RCA nº 565/01).- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 1 de abril de 2.004.- Visto, en grado de apelación, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente rollo de apelación nº 123/03, dimanante de recurso nº 565/01 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº Dos de los de Las Palmas de Gran Canaria, en el que fueron partes: como demandante, don Hugo , representado y defendido por el Letrado don Mario Ramírez Molina; y, como Administración demandada, la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y defendida por Letrado de la Seguridad Social; pendiente en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Administración demandada contra la sentencia del Juzgado de 28 de mayo de 2.003.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- En el proceso, del que ahora se conoce en apelación, el Juzgado de lo Contencioso- administrativo nº Dos de los de Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia en fecha 28 de mayo de 2.003, cuya parte dispositiva, literalmente dice: "Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Hugo contra los actos identificados en el Antecedente de hecho primero de esta sentencia, que anulo por ser contrario al ordenamiento jurídico, sin hacer expresa imposición de las costas".-

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por el Letrado de la Seguridad Social, en nombre y representación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del que se dio traslado a la Administración demandada, que lo impugnó.- TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sala, se formó rollo de apelación (registrado con el nº

123/03) continuando por sus trámites, sin que se considerase necesaria la celebración de vista pública o la presentación de conclusiones escritas.- Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO.- Se recurrió en vía contencioso-administrativa la resolución de la Dirección Provincial de Las Palmas de la Teserería General de la Seguridad Social que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el actor contra las resoluciones administrativas recaidas en procedimiento de ejecución forzosa seguido en su contra por deudas a la Seguridad Social.

Al respecto, el actor dió a su recurso la denominación de revisión de actos nulos mientras que la Administración lo recondujo a la consideración de recurso de alzada contra la providencia que acordó la subasta de bienes inmuebles embargados al deudor (vivienda y plaza de garaje) , así como contra actos posteriores de celebración de dicha subasta y adjudicación por venta directa.- En cualquier caso, el orden procesal, de cara al examen de legalidad del acto, pasa por poner de relieve los siguientes antecedentes, precindiendo de...

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