STSJ Galicia 5433/2009, 4 de Diciembre de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:11033
Número de Recurso4406/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5433/2009
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 4406/2009 - PM

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, cuatro de diciembre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 4406/2009 interpuesto por FALCON CONTRATAS SEGURIDAD, SA contra la

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Carlos en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandada la empresa FALCON CONTRATAS SEGURIDAD, SA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 381/2009 sentencia con fecha veintinueve de Junio de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero: D. Luis Carlos viene prestando servicios para la empresa FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD, S.A. con antigüedad de 1 de agosto de 2008, categoría profesional de VIGILANTE DE SEGURIDAD y un salario mensual, con inclusión del prorrateo de pagas extraordinarias de 885"74 euros./Segundo: La relación laboral anterior aparece fundada en contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para obra o servicio determinado, definida como DRAGADOS/Lugar de Puente Ulla s/n, Vedra, 15885 A Coruña, para desempeñar sus servicios como vigilante de seguridad, con categoría de vigilante de seguridad, suscrito por las partes el 1 de agosto de 2008./Tercero: Por parte de FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD, S.A., como arrendatario y la UTE AVE ULLA (DRAGADOS, S.A. y TECSA EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A.), como contratista, se celebra contrato de arrendamiento del servicio de seguridad vigilancia cuyo objeto se realizará (cláusula 6a ) en el Puente Ulla (Vedra-La Coruña), con una duración de un mes, con entrada en vigor el 9 de julio de 2008, señalándose en la cláusula décima

, que el contrato se entenderá tácitamente prorrogado por períodos iguales al de su duración inicial mientras no se denuncie por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de 15 día antes de su vencimiento, mediante carta certificada con acuse de recibo./Cuarto: Se aporta por la demandada escrito fechado el 26 de febrero y firmado por el gerente de UTE AVE ULLA con el siguiente texto: "Según lo acordado por ambas partes, les comunicamos que con fecha 28 de febrero de 2009, se rescindirá el contrato n= 28-VS/VA-1795-08 entre Falcon Contratas y Seguridad S.A. y UTE AVE ULLA (Dragados, S.A. y TECSA Empresa Constructora, S.A.), sin que por ello sea necesario el cumplimiento de la estipulación Décima de dicho contrato."/Quinto: Desde la Web segurp@policia.es se recibe por parte de "Undisclosed recipients "el 26 de febrero de 2009 a las 19:00 correo electrónico, que con el siguiente encabezamiento: ICCI1543293IREGISTRO GRABADOI28VA181509101/03/2009IQ280166OHI: Icon 543294IERROR: Contrato ya Existel28VA181509101/03/2009IQ2801660HI I 50.13575911 REGISTRO GRABADO I 28VS179S-081 01/03/20091 ICS12713714 I REGISTRO GRABADOIN° Servicio: 1128VA18150911101/03/2009115111AA2ILUGAR IARDELLEIRO PEQUENOI:

ICS127137191 REGISTRO GRABADOIN Servicio: 2128VA18150911101/03/20091156S1CLAIAVDA

10 VINTECINCO DE XULLOI, contiene el siguiente texto:

NOTIFICACION: CLIENTE: FINALIZACION CONTRATO

DRAGADOS OPSA Y TECSA EMP. CONSTRUCTORAUTE AVE U1LA

CONTRATO: ' 28-VS¡VA-1815-09

ANEXO:

LUGAR DEL SERVICIO: lugar Puente Ulla-Vedra-LA CORUNA

FECHA: 01.03.09

DURACION:

DESCRIPCION: A partir de la fecha se suspende el servicio que se venía prestando en las instalaciones.

MEDIOS AUXIUARES: Noprocede

OBSERVACIONES: No procedé'

Sexto

Por parte de la demandante se suscribió con ADIF contrato cuyo objeto aparece constituida por los servicios de vigilancia y seguridad tramo línea Alta Velocidad Orense-Santiago de Compostela con un plazo de vigencia de 8 meses a partir del 1 de marzo de 2009./

Séptimo

Desde la Web segurp@policia.es se recibe por parte de "Undisclosed recipients "el 26 de febrero de 2009 a las 19:00 correo electrónico, que con el siguiente encabezamiento ICCI1543293IRECISTRO GRABADO128VA181509101/03/2009102801660HI: ICCI1543294IERROR: Contrato ya Existe128VA181509101/0312009IQ280166OHI I 3C.13575911 REGISTRO GRABADO I 28V51795.081 01/03/20091 ICS12713714 I REGISTRO GRABADOIN Servicio: 1128VA18150911101/03/2009115111AA2ILUGAR IARDELLEIRO PEQUENOI : ICS127137191REGISTRO GRABADOIN Servicio: 2128VA18150911101/03/20091156S1CLAIAVDA 10 VINTECINCO DE XULLOI./Y el siguiente contenido:

NOTIFICACION: NUEVO CONTRATO

CUENTE: ADIF

CONTRATO: 28-VA-1815-09

ANEXO:

LUGAR DEL SERVICIO: Lugar de Ardelleiro, s/n-Boquixón-A CORUNA Avda, 0 Vlnteclnco de Xulto, 5/0- 0 carballlnoORENSE

FECHA: 01 .03,09

DURACION: 8 MESES

DESCRIPCIÓN: 2 Vigilantes de Seguridad con arma durante 24 hs, todos los días en cada instalación

MEDIOS AUXILIARES: 1 vehículo en cada instalación.

OBSERVACIONES: No procede

Octavo

El 28 de febrero -de 2009 el demandante recibe comunicación de la demandada en la que se señala: "NOS COMUNICA NUESTRO CLIENTE "DRAGADOS" QUE CON...

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