STSJ Islas Baleares 552/2009, 30 de Diciembre de 2009

PonenteFRANCISCO JAVIER WILHELMI LIZAUR
ECLIES:TSJBAL:2009:1608
Número de Recurso324/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución552/2009
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00552/2009

Nº. RECURSO SUPLICACION 324/2009

Materia: MODIFICACIÓN CONDICIONES LABORALES

Recurrente/s: Maximino

Recurrido/s: EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANS DE PALMA DE MALLORCA

(E.M.T. PALMA)

JUZGADO DE ORIGEN: JDO. DE LO SOCIAL nº: 004 de PALMA DE MALLORCA

DEMANDA: 576/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR

MAGISTRADOS:

DON ANTONIO F. CAPÓ DELGADO

DON ANTONI OLIVER I REUS

En Palma de Mallorca, a treinta de diciembre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, formada por los Ilmos. Sres. Magistrados que constan al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

la siguiente S E N T E N C I A NÚM. 552/09

En el Recurso de Suplicación núm. 324/2009 formalizado por el Sr. Letrado D. Jaime Bueno Pardo, en nombre y representación de D. Maximino, contra la sentencia de fecha veintiséis de septiembre de dos mil ocho, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Palma de Mallorca, en sus autos demanda número 576/07, seguidos a instancia de la citada parte recurrente, frente a la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma de Mallorca, S.A. (E.M.T. PALMA), representada por el Sr. Letrado D. Laureano Arquero Vinuesa, en reclamación por modificación de condiciones laborales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - En fecha 26 de junio de 2.001 la dirección de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Palma de Mallorca S.A. y el comité de empresa culminaron el proceso negociador para la reorganización y estructuración del Área de Administración alcanzando un acuerdo global en fecha 22 de febrero de 2.002 en el cual se contempla un nuevo sistema de clasificación profesional, funcional y organizativo al amparo de los dispuesto en el art. 9 del Convenio Colectivo vigente. En cumplimiento de dicho acuerdo el Consejo de Administración de la EMT en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2.002 aprobó un nuevo organigrama estructural y funcional que fue aprobado por la Junta General de Accionistas celebrada en fecha 31 de octubre de 2.002. En dicho organigrama se creaba el cargo de Director de Area de Explotación, renting, circulación-tráfico y R.R.L.L. de la EMT que se encontraba encuadrado dentro del Grupo Profesional 1 Dirección-Staff.

  2. - Mediante comunicación del Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Palma de Mallorca S.A. de fecha 2 de noviembre de 2.002 se adscribió al cargo de Director de Area de Explotación, renting, circulación-tráfico y R.R.L.L. de la EMT al demandante D. Maximino, identificado con DNI NUM000 y que viene prestando servicios por cuenta de la Empresa Municipal de Transportes desde el 1 de noviembre de 1.974. Eran funciones propias del cargo de Director de Area de Explotación renting, circulación-tráfico y R.R.L.L. de la EMT la planificación, organización y dirección en materias de tráfico y circulación, Explotación Renting y Relaciones laborales así como la coordinación y dirección organizativa de los puestos de trabajo del area. El demandante como consecuencia de esta adscripción prestó servicios en el centro de trabajo ubicado en Son Banya en horario de mañana

  3. - D. Maximino, que desempeñaba el cargo de Director de Area de Explotación renting, circulación-tráfico y R.R.L.L. de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Palma de Mallorca, en fecha 17 de marzo de 2.005 interesó el pase a la situación de excedencia forzosa al amparo de lo dispuesto en el art. 46.1 del Estatuto de los Trabajadores con efectos de 1 de abril del mismo año como consecuencia de su nombramiento como Director-Gerente de la empresa pública Gestió d`Emergencies de les Illes Balears S.A. mediante acuerdo del Consejo de Administración de fecha 15 de marzo de 2.005.

  4. - En fecha 21 de marzo de 2.005 se dictó por el Director Gerente de la EMT D. Maximino resolución en la que textualmente acuerda:

    Conceder a D. Maximino, Director de Area de Explotación y R.R.L.L. de esta Empresa su pase desde el próximo día 1 de abril de 2.005 a la situación de excedencia forzosa por haber sido nombrado para el cargo público de Director- Gerente de la Empresa Gestió d`Emergencies de les Illes Balears S.A., suspendiendo desde dicha fecha la relación laboral del Sr. Maximino con esta Empresa mientras dure el desempeño de dicho cargo público, hasta que el interesado solicite su reingreso dentro del plazo de un mes desde que cese, con exoneración de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.

    La excedencia que se concede otorga al Sr. Maximino la conservación de su puesto de trabajo de Cap d`Area d`Explotació i R.R.L.L. y el cómputo de antigüedad durante su vigencia, hasta que el reingresos e haga efectivo en la forma prevista en el art. 23,1 del Vigente Convenio Colectivo desde que lo solicite.

  5. - En el BOIB de fecha 13 de julio de 2.007 se publicó el Decreto 7/2.007 de 12 de julio por el cual se dispone el cese de altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma como consecuencia de la configuración del nuevo Gobierno de la Comunidad Autónoma. 6.- El demandante mediante escrito fechado el día 26 de junio de 2.007, con entrada en la EMT el día 3 de julio, solicitó, como consecuencia de su cese como Director-Gerente de la Empresa Gestió d`Emergencies de les Illes Balears S.A., el reingreso a su puesto de trabajo con efectos de 16 de julio de

    2.007.

  6. - Mediante escrito de fecha 11 de julio de 2.007 la demandada comunicó al actor su reingreso en fecha 16 de julio indicándosele que posteriormente por la Dirección se procedería a determinar lasa funciones que había de asumir en la compañía.

  7. - La EMT mediante escrito fechado el 19 de julio de 2.007 comunicó al demandante su reincorporación en las instalaciones de la misma sitas en la calle Anselm Clavé el día 20 de julio, con carácter provisional y hasta que por la dirección de la empresa se procediera a su definitiva reubicación física.

  8. - La EMT mediante escrito de fecha 6 de julio de 2.007 notificado al actor el día 6 de agosto comunicó a D. Maximino que con efectos de 10 de septiembre de 2.007 pasaría a asumir la categoría profesional de Jefe de Departamento, Grupo Profesional 1 del Convenio Colectivo, asumiendo la responsabilidad del Departamento de Asesoría Técnica cuyas tareas principales consisten en la elaboración de proyectos, estudios e informes de carácter técnico para optimizar y mejorar los recursos de la empresa, destacando los referentes a tráfico y circulación.

  9. - El demandante desempeña en la actualidad el cargo y funciones indicados en el hecho...

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