STSJ Galicia , 16 de Marzo de 2005
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:530 |
Número de Recurso | 242/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000242 /2003 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA Nº 186/2005 ILMOS. SRS. D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA Dª MARÍA DOLORES GALINDO GIL En la Ciudad de La Coruña, a dieciséis de marzo de dos mil cinco.
En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000242 /2003 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Consuelo , representada por el Procurador D. JAVIER BEJERANO FERNANDEZ y dirigida por el Letrado D. PEDRO FRANCISCO BLAZQUEZ FRAGOSO, contra DESESTIMACIÓN PRESUNTA POR CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA DE LA SOLICITUD DE 16/07/2002, SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA E DESENVOLVEMENTO RURAL, representada y dirigida por el LETRADO XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es 32.197,50 EUROS.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La actora como heredera de su finado hermano DON Cristobal , la habérsele conferido su derecho hereditario en virtud del testamento de 4 de enero de 1993, a su finado hermano le fue adjudicada la finca NUM000 de la masa NUM001 del polígono NUM002 , de nombre Castiñeiras y de superficie 1 Ha, 43 áreas y 10 centiáreas, la parcela referida fue deslindada y marcada el 28 de febrero de 2.002, por resolución de 20 de junio de 2001 se notificó dar la posesión provisional de las fincas de modo obligatorio para el 1 de octubre de 2001, tal situación es directamente imputable al anormal funcionamiento de la Administración y tal retraso ha causado un daño directo y evaluable económicamente a la actora, puesto que la finca está destinada a cultivo de patata, no pudo ser desbrozada a tiempo para poder trabajarla y cultivarla, perdiendo la cosecha de ese año.- Interpuesta reclamación fue desestimada y se interpuso recurso de reposición que ha sido desestimado por la Administración.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia estimando el recurso, anulando el acto recurrido y declarando el derecho de la actora a ser indemnizada en la cantidad de 32.197,50 euros.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el...
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