STSJ Asturias , 28 de Abril de 2005

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2005:1882
Número de Recurso1112/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 00608/2005 OVIEDO SENTENCIA: 00608/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO: 1112/02 RECURRENTE: D. Paulino PROCURADOR: SRA. BERNARDO PENDÁS RECURRIDO: CONSEJERÍA DE MEDIOAMBIENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS LETRADO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA SENTENCIA NÚM. 608/05 ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ D. EDUARDO GOTA LOSADA En OVIEDO, a veintiocho de Abril de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número P.O. 1112/2002, interpuesto por la Procuradora Dª. ISABEL GARCÍA BERNARDO PENDÁS, en nombre y representación de D. Paulino , contra Resolución de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, de fecha 19 de noviembre de 2001, que declara, la responsabilidad patrimonial de la Administración con estimación en parte de la reclamación formulada por el recurrente. Estando la Administración demandada representada por el Letrado de su Servicio Jurídico.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 8-10-02, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que con estimación del recurso, se anule la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias de fecha 19 de noviembre de 2001, y en su lugar, acuerde declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración demandada, y reconozca el derecho de D. Paulino , a ser indemnizado por la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, en la cantidad total de 12.164,46 más los intereses legales correspondientes, y ello, con imposición de costas a la Administración demanda en el caso de temeraria oposición.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, acuerde desestimar la demanda con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 25 de abril de 2005, en que tuvo lugar dicho acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto en nombre de D. Paulino , la resolución de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, de fecha 19 de noviembre de 2001, que declara, la responsabilidad patrimonial de la Administración con estimación de la reclamación formulada por el recurrente y en consecuencia indemnizar a éste o persona que legalmente la represente en la cantidad de 1.031.684 pesetas.

SEGUNDO

Aceptada por la Administración demandada la responsabilidad patrimonial en el accidente que se...

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