STSJ Cantabria , 26 de Octubre de 2005

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2005:1483
Número de Recurso975/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01088/2005 TSJ CANTABRIA SALA DE LO SOCIAL SANTANDER Sentencia núm. 1088/2005 Recurso núm. 975/05 Sec. Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilma.Sra.Doña Mª Jesús Fernández García EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a veintiséis de Octubre de dos mil cinco.

En el recurso de suplicación interpuesto por la Federación del Metal de CC.OO. de Cantabria contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por la Federación del Metal de CC.OO. de Cantabria, sobre conflicto colectivo, siendo demandados DITRA CANTABRIA S.A. y otro, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de junio de 2.005 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La empresa Ditra Cantabria, S.A., tiene un contrato administrativo con el Excmo. Ayuntamiento de Santander para la prestación del servicio de mantenimiento integral del alumbrado público municipal y navideño.

  2. - Con fecha 21-6-2004 fue realizado por la Mutua Universal (Servicio Concertado de Prevención)

    en la Empresa Ditra Cantabria, S.A., evaluación de riesgos para los puestos de trabajo, donde se establecen los puestos de trabajo, lugares de trabajo, actividades estables y variables de la empresa. (Se da por reproducido a los folios 132 a 207).

  3. - con fecha 15 de mayo de 2004, diez trabajadores remitieron un escrito a la empresa en el que hacen constar:

    "Sr. Director de Ditra:

    Los abajo firmantes, trabajadores de la empresa Ditra, por medio del presente escrito vienen a solicitar de la empresa, en aplicación del artículo 11 del Convenio Colectivo lo siguiente PLUS DE TRABAJOS TOXICOS, PENOSOS y PELIGROSOS Es de sobra conocido que en el desarrollo de nuestra actividad en la empresa y dadas las características del trabajo que realizamos durante nuestra jornada laboral y durante la mayor parte de la misma, estamos expuestos a alguno de los tres elementos que configuran el concepto de tóxicos, penosos y peligrosos.

    En relación con este tema le solicitamos a la Dirección de la empresa, establecer un concepto con esta denominación y con una cuantía económica sobre lo establecido en el art. 11 del citado Convenio Colectivo , y ante la complejidad de establecer los tiempos a los que estamos expuestos, entendemos que por el 50% de la jornada, es decir, sobre 4 horas por día efectivo de trabajo"

  4. - Con fecha 9 de septiembre de 2004 la Federación Minerometalúrgica de CCOO en Cantabria solicitó a la demandada el Plus de peligrosidad para los trabajadores de la empresa.

  5. - No consta el tiempo de trabajo que durante la jornada se dedica a la realización de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos.

  6. - Se presentó conciliación previa el 16-3-2005, celebrándose el acto el 28-3-2005, con el resultado de "Sin Avenencia".

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Considera la sentencia de instancia que no procede en el supuesto actual la vía del proceso de conflicto colectivo, ya que no existe un elemento común de decisión sino tantas decisiones como puesto de trabajo ocupa cada uno de los trabajadores de la empresa demandada. Y es que sería necesario valorar cada uno de los puestos de...

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