STSJ Andalucía 3627, 11 de Noviembre de 2005

PonenteEDUARDO HINOJOSA MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2005:3627
Número de Recurso119/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución3627
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1003 DE 2.005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA RECURSO DE APELACIÓN Nº 119/2003 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE:

D. JOAQUÍN GARCÍA BERNALDO DE QUIRÓS MAGISTRADOS:

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA D. MANUEL LÓPEZ AGULLÓ

D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ En la ciudad de Málaga, a once de noviembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el rollo número 119/2003 del recurso de apelación interpuesto por la entidad Grupo Pra, S. A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Isabel Martín Aranda, y defendida por el Letrado D. José Miguel Méndez Padilla, contra la Sentencia de 9 de febrero de 2003 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga en el recurso contencioso-administrativo, seguido por el procedimiento abreviado 207/2002 , en relación con desestimación por silencio administrativo de recurso de alzada interpuesto contra resolución sancionadora en materia de protección de los consumidores y usuarios, habiendo comparecido como apelada la Administración de la Junta de Andalucía, representada y defendida por la Sra. Letrada de la Junta de Andalucía.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 9 de enero de 2003 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga, en el procedimiento abreviado seguido con el número 207/2002, dictó

Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto en relación con desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 10 de octubre de 2001, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, de imposición de sanción en materia de protección de los consumidores y usuarios.

SEGUNDO

Por escrito de 31 de enero de 2003 la representación de la recurrente interpuso recurso de apelación contra dicha resolución formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida, y terminó solicitando que en su día previos los trámites legales se dictara Sentencia por la que con estimación de este recurso de apelación, se dejara sin efecto la apelada.

TERCERO

Teniendo por presentado el recurso y acordado su traslado a la recurrida, tras la presentación por ésta de su escrito de oposición, se elevaron las actuaciones a esta Sala, en la que no habiéndose acordado el recibimiento a prueba, la celebración de vista ni la presentación de conclusiones escritas, el recurso fue declarado concluso, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, que ha tenido lugar en el día fijado al efecto.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada desestimó el recurso contencioso-administrativo instado por la entidad actora en relación...

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