STSJ Comunidad Valenciana 6664, 29 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2005:6664
Número de Recurso667/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución6664
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veintinueve de septiembre de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LÁINEZ, Presidente, D. MANUEL DOMINGO ZABALLOS y Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1619/05 En el recurso contencioso administrativo núm. 667/2002, interpuesto por VEGA REIAL S.L., representada por la Procuradora Dña. Pilar Ibáñez Martí, frente a la Resolución del Conseller de Cultura y Educación de la Generalidad Valenciana de 13 de febrero de 2002, desestimatoria del recurso de alzada formulado por dicha mercantil contra la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Artístico de fecha 1 de octubre de 2001, por la que se dispuso no acceder a los contenidos de la solicitud de aquélla respecto a los hallazgos arqueológicos en el solar sito en Puçol, C/ San Juan- C/ Obispo Amigó.

Ha sido parte en autos como Administración demandada la GENERALIDAD VALENCIANA, representada por Letrado de sus servicios jurídicos; siendo Magistrada ponente Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito suplicando se dictase sentencia por la que:

  1. - Se declarase la nulidad y subsidiaria anulabilidad y, en cualquier caso, su revocación y disconformidad a Derecho, de la Resolución de 1 de octubre de 2001 impugnada y la posterior resolución dictada en la alzada que la confirma.

  2. - Se reconociese el derecho de la recurrente a recibir la total recompensa legalmente establecida y consistente en la mitad del valor que por tasación legal posea el tesorillo, y relativa al hallazgo del solar sito en C/ Sant Joan nº 36 de Puzol y consistente en 19 monedas de plata y una de oro, objeto del presente procedimiento.

  3. - Que, a tal efecto, se ordenase a la Administración demandada que dictase todos los actos y resoluciones necesarias al efecto para el avalúo del tesoro y posterior abono por su parte al recurrente de la total recompensa legalmente establecida por dicho tesoro, consistente ésta en la mitad del valor que por tasación legal posea el tesorillo objeto de la recompensa.

  4. - Se condenase en costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se declarase la conformidad a Derecho de la resolución administrativa impugnada en el presente procedimiento.

TERCERO

Habiéndose acordado el recibimiento del proceso a prueba, y practicado el trámite de conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día veintiocho de septiembre de dos mil cinco.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora, VEGA REIAL S.L., deduce el presente recurso contencioso administrativo, según ha sido expuesto, frente a la Resolución del Conseller de Cultura y Educación de la Generalidad Valenciana de 13 de febrero de 2002, desestimatoria del recurso de alzada formulado por dicha mercantil contra la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Artístico de fecha 1 de octubre de 2001, por la que se dispuso no acceder a los contenidos de la solicitud de aquélla respecto a los hallazgos arqueológicos en el solar sito en Puçol, C/ San Juan- C/ Obispo Amigó.

Las precitadas resoluciones no accedieron a la solicitud, instada por la referida mercantil, de reclamación de recompensa por el hallazgo de diecinueve monedas de plata y una de oro, por entender que tal...

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