STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Julio de 2005

PonenteMARIA MONTES CEBRIAN
ECLIES:TSJCV:2005:5088
Número de Recurso1364/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

7 Rec. C/ Sent núm.1364/05 Recurso contra Sentencia núm. 1364/05 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian.

En Valencia, a diecinueve de julio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2494/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 1364/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 6 de julio de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 14 de Valencia, en los autos núm. 134/04 , seguidos sobre EXTINCIÓN CONTRATO, a instancia de Dª Flora , asistido por el Letrado D. Enrique Montblanch Latorra, contra MOTIVOS GRAFICOS S.L., UNIPERSONAL, CROMO SYSTEM SERVICIOS GRAFICOS S.L. representada por el Letrado D. Pedro García López y GRAFICAS GINEBRA, S.L., y en los que es recurrente la demandada Cromo System Servicios Gráficos, S.L., habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 6 de julio de 2004 , dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que estimando la demanda formulada por Flora frente a las empresas MOTIVOS GRAFICOS S.L. UNIPERSONAL, CROMO SYSTEM SERVICIOS GRAFICOS S.L. y GRAFICAS GINEBRA S.L. debo declarar y declaro extinguido en el día de hoy el contrato de trabajo que ligaba a la parte actora con la empresa demandada, condenando a las tres empresas de forma solidaria a que abonen a la trabajadora una indemnización en cuantía de 8.903,89 euros.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Flora , mayor de edad, con DNI nº NUM000 , viene prestando servicios por cuenta y orden de la empresa MOTIVOS GRAFICOS, S.L., UNIPERSONAL, dedicada a la actividad de artes gráficas, con antigüedad desde el 1-12-1997, categoría profe3sional de auxiliar de taller 1.34 y salario de 901,66 euros mensuales con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, en el centro de trabajo de la empresa sito en C/ Tapiser 3 del polígono industrial "Els Mollons" de Alacuas. SEGUNDO.- Que la parte actora ha devengado las siguientes cantidades por los conceptos que se indican: -Pagas extraordinarias: Marzo 03, 545 euros, Junio 03, 480,60 euros, Navidad 03, 406,88 euros. -Complemento incapacidad temporal: 5 días noviembre 03, 58,76 euros, diciembre 03, 264,46 euros, -Antigüedad, De febrero 03 a noviembre 03, 14,05 euros mensuales Desde 1-12-03, 44,10 euros mensuales. TERCERO.- La demandante causó baja por incapacidad temporal el 10-11-2003 con el diagnóstico de ansiedad generalizada, depresión reactiva. El 12-8-2003 la demandante atendida por los servicios médicos de urgencias por presentar clínica ansioso-depresiva manifestando estar afectada por problemas laborales. La actora tuvo que solicitar el pago directo de la incapacidad temporal al no percibir la prestación de la empresa que tampoco efectuó la cotización a la TGSS. Durante el año 2003, en una ocasión, Benito se dirigió a la demandante diciéndole "aparta pedorra que siempre estás en medio". La demandante disponía de un telefono móvil facilitado por la empresa que fue dado de baja por ésta. Tanto la demandante como el resto de trabajadores comían en la empresa, pero a partir del mes de junio de 2003 se les prohibió a todos los empleados permanecer en el local durante las dos horas destinadas a la comida. CUARTO.- Las tres empresas comparten el centro de trabajo, fax y teléfono y todas se dedican a la actividad de artes gráficas, si bien cada una de ellas realiza un tipo diferente de impresión. El arrendamiento del local era abonado inicialmente por MOTIVOS GRAFICOS, S.L. hasta el 1-7-2002 fecha en que pasó a pagarlo GRAFICAS GINEBRA, S.L. tras suscribir contrato de arrendamiento con la propietaria del local MOTIVOS GRAFICOS S.L. y GRAFICAS GINEBRA, S.L. disponen cada una de ellas de máquinas propias y además utilizan parte de la maquinaria en común, y en concreto la máquina de guillotina en la que presta servicios la demandante, que realiza el guillotinado para encargos de las tres empresas indistintamente. Los trabajos a realizar para determinados clientes requieren la utilización sucesivamente de las máquinas de impresión de las distintas empresas. Las instrucciones a los trabajadores las impartían Benito y en ocasiones Carlos Ramón o Inmaculada . Carlos Ramón utiliza tarjetas de visita tanto con el membrete de MOTIVOS GRAFICOS, S.L. como con el de CROMO SYSTEM SERVICIOS GRAFICOS, S.L. La sociedad MOTIVOS GRAFICOS S.L. consta en la contabilidad de GRAFICAS GINEBRA, S.L. como prestamistas por importe de 97.604,72 por el concepto de "pago cuota nº 1 leasing", correspondiente al leasing de una máquina contratado por MOTIVOS GRAFICOS, S.L. que utiliza GRAFICAS GINEBRA, S.L. QUINTO.- La mercantil MOTIVOS GRAFICOS S.L. se constituyó en 1993 y estaba formada por los socios Carlos Ramón , Benito y Penélope , siendo el primero de ellos administrador único de la sociedad; con motivo de una ampliación de capital efectuada en septiembre de 1998, Inmaculada suscribió 625 participaciones del capital social. El 2-8-2001 Penélope cedió sus participaciones sociales a los otros socios. El 7-5- 2003 Inmaculada cedió sus participaciones sociales a Carlos Ramón . El 7-5-2003 Carlos Ramón efectuó declaración en escritura pública de la unipersonalidad de la sociedad, siendo el declarante el único socio desde esa fecha. SEXTO.- Mediante escritura pública de fecha 18-12-2001 se constituyó la mercantil GRAFICAS GINEBRA, S.L. por los socios Amelia y Benito , siendo nombrado este último Administrador único de la sociedad. Durante el año 2003 esta sociedad se ha hecho cargo de los gastos de electricidad y teléfono de la nave situada en la C/ Tapisers, 3 Polígono Industrial El Mollons de Alaquas. Gabriela tiene poderes de representación de esta empresa. SÉPTIMO.- La representación de CROMO SYSTEM SERVICIOS GRAFICOS S.L., constituida el 7-5-03, la ostenta Inmaculada ; esta empresa comercializa trabajos de impresión y parte de ellos los encarga a las dos empresas codemandadas. El 30-6-2003 MOTIVOS GRAFICOS S.L. facturó a esta sociedad trabajos de impresión por importe de 1.973,17 euros. OCTAVO.- Los cuatro trabajadores que constituían la plantilla de MOTIVOS GRAFICOS S.L.U. convocaron el 20-6-2003 una huelga indefinida a partir del 25-6-2003, que se desconvocó con efectos 14-7-03, alegando impago de salarios y cotizaciones a la seguridad social y la intención de la empresa de proceder a un cese de actividad en fraude de los derechos de los trabajadores. Uno de los trabajadores fue despedido de la empresa el 25-8-03, reconociendo la empresa la procedencia del despido en acto de conciliación celebrado el 21-11-2003 ante el Juzgado Social nº 15 de Valencia, otro fue...

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